Bienvenido al primer Blog sobre Economía Forense en Español

Blog: www.economiaforense.org
Contacto: José Antonio Avellaneda

Bienvenido a este proyecto de Blog que pretende desarrollar conceptos relacionados con la prueba pericial contable y económica en un intento de acercarlos al profesionales que los tiene que utilizar pero tiene una formación específica distinta. También es un cuaderno de bitácora sobre economía para no economistas y auditoría para no auditores.

¿Qué significa economía forense?

NOTA: Pásate por El Nanoeconomista y encontraras otras cuestiones interesantes relacionadas con la economía.

lunes, 31 de diciembre de 2007

Diciembre (mes de las “brujas”)

Nas meigas”, como dirían los gallegos, "haberlas hailas” y por tanto deben ser tenidas en cuenta por las empresas, por los que controlan a las empresas y por los que controlan a los que controlan a las empresas (que, a su vez, todos son/somos controlados por Hacienda).

El colectivo de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) afirma en la edición del 26 de diciembre de “Expansión que:


“Los fraudes fiscales más habituales [y lógicamente “contables”, añado] son más fáciles de descubrir, pues se llevan a cabo a finales de año o principios del siguiente”
A la hora de revisar las cuentas de una empresa son esos “ajustes”, de final de año, los que deben ser analizados con mayor cautela, es más, como en el negocio de una juguetería la mayor parte de los movimientos “de fantasía” se hacen a final de año o a principios del siguiente.

Los Técnicos de Hacienda, que finalmente son los que llevan el 80/90 de la labor inspectora y, para que nos vamos a engañar, con los que habitualmente tienen que batirse el cobre los asesores fiscales, también desvelan esas practicas que se dan con mayor frecuencia – son detectadas – durante sus revisiones que, al margen connotaciones fiscales, pueden tomarse como pautas para identificar presuntos fraudes contables:

Microempresarios y microempresas (hasta 1,8 Millones de € de facturación anual):
• Omisión de ingresos.
• Emisión de presuntas facturas falsas.
• Omisión de la obligación de conservar las facturas.
• Omisión de la obligación de llevar o conservar la contabilidad.
Pequeñas empresas y empresarios (de 1,8 hasta 6 Millones de € de facturación anual):
• Falta de justificación de gastos.
• Omisión de ingresos.
• Emisión y/o recepción de presuntas facturas falsas.
• Omisión de la obligación de conservar las facturas.
Medianas empresas (de 6 hasta 60 Millones de € de facturación anual):
• Falta de justificación de gastos.• Recepción de presuntas facturas falsas.
• Omisión de ingresos.
• Aplicación inadecuada de la ley tributaria para reducir el pago de impuestos.
Grandes empresas (desde 60 Millones de € de facturación anual):
• Aplicación inadecuada de la ley tributaria para reducir el pago de impuestos.
• Falta de justificación de gastos.
• Recepción de presuntas facturas falsas.
Frente a las prácticas ilícitas detectadas y, que se dan los últimos días del año, a la vista del cierre contable los Técnicos también muestra su cara amable y dan algunas recomendaciones relacionadas con:

- Bases imponible negativas de ejercicios anteriores
- Operaciones a plazo
- Gastos no deducibles
- Permutas o aportaciones no dinerarias a otras entidades
- Tratamiento fiscal del Leasing
- Deducciones en cuota
- Transmisión de elementos del inmovilizado afectos
- Donaciones
- Operaciones vinculadas
- Entidades de reducida dimensión


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Entrada actualizada en www.economiaforense.es

viernes, 21 de diciembre de 2007

Cosas que me dan miedo

Raúl "Consultor Anónimo" Hernández es uno de los blogs que mantengo vigilados (el de Dioni Nespral y Adrés Pérez son dos de los que también visito) hay algunos más pero, como prefieren mantener el anonimato - por el motivo que sea (profesional, laboral, familiar, de entorno, etc) -, me cuesta más tomarles cariño, aunque también sigo lo que escriben (ver en el margen izquiero mi lista de "recomendados").

Me gusta el de Raúl porque siempre me muestra cosas que luego se ponen - aunque sea de forma efímera - de moda en la Blogosfera (que "existe" aunque a veces diga que "no" para enojar a Dioni).

Una de las cosas que mas me gusta del Blog de Raúl son los videos, ya que siempre me hacen pensar y termino por abrumar a mis amigos y familiares hasta que los ven.

El último vídeo que añado a la lista, nuevamente me ha llegado a través de Raúl, y es uno que le ha llegao vía "Pensar-Sentir-Actuar" (efecto multiplicador de la blogosfera) por lo que ahí lo dejo y lo añado a mi pequeña colección de vídeos...

(en inglés pero subtitulado)

miércoles, 19 de diciembre de 2007

Una de chivatos... (o el deber de denuncia por parte de los Auditores de Cuentas)

Cuando era un niño recuerdo que lo peor que se podía ser era “chivato”, se podía ser “malo”, “mal amigo” o lo que sea... pero nunca un “soplón”. Tengo la sensación de que, en algún punto de la recta, se cruza con el deber de “secreto profesional” el cual me resulta muy fácil de mantener pese a que sea un profesional en la que la dificultad para hacer publicidad de los propios servicios choca con la necesidad de mostrar al mercado “de lo que eres capaz” y lo “importantes” que son tus clientes y/o asuntos.

El deber de denuncia no es algo que sea fácil ni que esté claro en todos los casos, por ello me gustaría señalar la respuesta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas da a la consulta de un Auditor, relacionada con el deber de denunciar hechos delictivos de los que ha tenido conocimiento en el transcurso normal de una Auditoría de Cuentas.

Texto completo (BOICAC)

Consulta:

Se vulnera el secreto profesional, al que se encuentran sujetos los auditores de cuentas (Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas), por el hecho de comunicar a las autoridades pertinentes determinados “hechos delictivos o infracciones de carácter económico” (blanqueo de capitales, corrupción económica, estafa, cohecho, etc.), cometidos por la entidad auditada o sus representantes y detectados en el curso normal de un trabajo de auditoría de cuentas, en cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente a este respecto (artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y normativa vigente sobre prevención del blanqueo de capitales).

Respuesta:

1) La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 262, establece:

“Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio, si se tratare de un delito flagrante”.

2) El auditor de cuentas, como cualquier otro ciudadano que se encuentre en alguna de las situaciones previstas en el citado artículo 262, tendrá la obligación de comunicar a la Instancia pertinente la situación advertida si se dan las circunstancias indicadas anteriormente.

3) La normativa vigente sobre prevención del blanqueo de capitales establece, entre otras, la obligación para los auditores de cuentas de comunicar a la autoridad administrativa correspondiente cualquier hecho u operación de los que existan indicios o certeza de que están relacionados con el blanqueo de capitales, y que hayan detectado en la realización de su trabajo de auditoría de cuentas. Por tanto, los auditores de cuentas se encuentran obligados a cumplir con tales requerimientos de información en los supuestos y forma previstos legalmente.

4) En relación con el deber de secreto del auditor (artículos 13 y 14 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas) hay que indicar que dicho deber decae ante lo dispuesto en leyes especiales como las de enjuiciamiento criminal o de prevención del blanqueo de capitales, puesto que no existe materia de secreto ante la instancia judicial o administrativa prevista legalmente donde debe realizarse su denuncia y con competencia para entender de ésta, previéndose por otra parte en el propio artículo 14 de la Ley de Auditoría la facultad de acceder a los papeles de trabajo y documentación del auditor a “quienes estén autorizados por Ley”, y estableciéndose expresamente en la citada Ley 13/1993 sobre prevención del blanqueo de capitales, en su artículo 4, la exención de responsabilidad y el levantamiento del deber de secreto profesional por el hecho de realizar las comunicaciones de información previstas en dicha ley.

5) El deber de secreto de los auditores de cuentas no se encuentra vulnerado por el hecho de cumplir las obligaciones de comunicación anteriormente mencionadas y previstas legalmente.

6) Las obligaciones de comunicación por parte del auditor de este tipo de circunstancias detectadas a los órganos de dirección y, en su caso, a los órganos de supervisión pública de las entidades auditadas en los términos previstos en la Norma Técnica de Auditoría sobre “errores e irregularidades, con independencia de su posible efecto en el informe de auditoría y de las consideraciones que respecto al alcance del trabajo del auditor se realizan en dicha Norma Técnica
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Artículo actualizado en www.economiaforense.es

viernes, 14 de diciembre de 2007

Opinion Shoping: ¿Auditores en venta o preocupación de las empresas por mejorar su información financiera?

Se conoce como “Opinion Shoping” (compra de opinión) cuando una empresa decide cambiar su auditor por otro que – espera - vaya a estar de acuerdo con unas prácticas con las que el primero no lo estaba, con independencia de quién tenga razón.

Estas prácticas son posible sospecharlas a través de una secuencia de actuaciones que las evidencian: Durante el transcurso del ejercicio se detecta una opinión negativa, ante los criterios contables que adopta la empresa, ésta puede sentirse tentada a no renovar el contrato con el auditor disidente y buscar uno más flexible o fácil de convencer en relación con los criterios seguidos por la empresa.

Dicha actuación no sólo perjudica al profesional que prefiere perder al cliente a actuar en contra de su criterio, sino que también perjudica a accionistas y a terceros eventuales usuarios de la información contable y financiera. La dificultad de esta forma de proceder no es difícil de intuir – si ante un cambio de auditor repentinamente mejora la opinión del informe – pero “casi” imposible de demostrar, puesto que está en juego la propia solvencia – informativa – de la empresa y el prestigio profesional del auditor (al margen de posibles reclamaciones judiciales).

Las empresas no suelen disfrutar el período en el que los auditores moran en sus entrañas y más bien intentan sufrirlos en silencio (como el conocido anuncio de TV), sobre todo porque tienen “patrullando” por la empresa unaa gente que está preguntando, analizando, revisando, interrumpiendo, etc. todo el tiempo y, salvo excepciones, al principio no se enteran muy bien de lo que va el negocio – especialmente en auditorías iniciales – de ahí que sean de enorme utilidad, para el auditor, las listas de comprobación o “check list” que facilitan la tarea del análisis previo y el desarrollo del trabajo.

No resulta cómodo tener que explicar todo tu negocio a personas que – en principio – no saben nada de él, más allá del sector al que pertenece, operativas comunes a otras empresa, etc. por este motivo, cuando se inicia la relación con un nuevo equipo de auditores existe lógicamente un período de adaptación. Todo esto hace que empresa y auditor se encuentren más a gusto conforme van sucediéndose los años de duración del contrato y – en teoría – los enfrentamientos tiendan a ser menores (como en un matrimonio: ¿Ya nos lo hemos dicho todo?). Todo esto debería hacernos suponer que el auditor se siente más cómodo en una empresa “conocida” y esa empresa no tiene incentivos a cambiar de auditor, por los costes – aunque sea de sufrimiento – que le supone trabajar con un nuevo equipo.

Con independencia de que, en el caso de cambios de auditor, el conocimiento de la empresa pueda ser transferido al auditor entrante... (1)


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“CAMBIO DE AUDITORES


26. Cuando se produce un cambio de auditores, el nuevo auditor (llamado en adelante auditor sucesor) podrá basar una parte de su trabajo en el trabajo realizado en años anteriores por el otro auditor (llamado en adelante auditor anterior). Tal será el caso en relación con saldos del activo procedentes de ejercicios anteriores, inventarios iniciales, pasivos a largo plazo, fondos propios, criterios de valoración y uniformidad en su aplicación, etc.



27. En tales casos, el auditor sucesor deberá comunicar a la entidad a auditar la necesidad de entrevistarse con el auditor anterior y obtener la correspondiente autorización de ésta que le permita acceder a los papeles de dicho auditor anterior.



28. El auditor sucesor se comunicará con el auditor anterior para conocer las circunstancias del cambio y averiguar si existen razones éticas o técnicas que le aconsejen no aceptar el encargo.



29. La iniciativa de las comunicaciones entre los auditores, en este caso, siempre corresponde al eventual auditor sucesor. El auditor anterior y el sucesor deberán mantener con la confidencialidad que el caso requiere la información que intercambien entre sí. Esta obligación es aplicable independientemente de que el auditor sucesor acepte o no el encargo.



30. El auditor sucesor deberá aplicar los siguientes procedimientos, antes de su aceptación final del encargo:



a) Obtener información que le ayude en la decisión de aceptar o no el encargo. Asimismo deberá considerar la posibilidad de que el auditor anterior y el cliente puedan haber tenido desacuerdos acerca de la aplicación de principios de contabilidad, procedimientos de auditoría u otros asuntos de importancia.
b) Si el cliente no permite o limita las respuestas del auditor anterior, el auditor sucesor deberá preguntar las causas y considerar las graves implicaciones que estás pueden tener en su decisión de aceptar el encargo.
c) El auditor sucesor deberá preguntar al auditor anterior acerca de los asuntos que aquél crea que le ayudarán en la decisión de aceptar o no el encargo. Sus preguntas deberán incluir, entre otros: aspectos específicos relacionados con lo mencionado en el apartado a) anterior y la integridad de la gerencia, así como sobre el punto de vista del auditor anterior en cuanto a las razones existentes, a su entender, para el cambio de auditores”

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... en la práctica no suelen ser suficientes estos contactos y existe la inevitable pérdida de información e imposibilidad de transmitir el 100% del conocimiento de la entidad auditada.
Es decir, si resulta costoso para la empresa el cambio de auditor ¿cuál puede ser la motivación para realizar un cambio más allá de una mejora sustancial del presupuesto? Señala Amparo Sánchez Segura en su artículo "Salvedades y cambios de auditor" para la REVISTA ESPAÑOLA DE FINANCIACIÓN Y CONTABILIDAD (REFC) que, en esto de la auditoría, aparentemente hay auditores "halcones" (más duros) y "palomas" (más benévolos):
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"La evidencia que hemos documentado ha puesto de manifiesto la existencia de diferencias significativas en la propensión de las firmas de auditoría a emitir salvedades. Así, mientras algunas de ellas parecen ser más propensas a imponer salvedades a sus clientes, otras pudieran ser más benignas en la apreciación de los niveles de materialidad."

..."hemos verificado que la mayor dureza que aparentaban tener Deloitte Touche y “otros auditores”, dada su mayor inclinación a emitir informes con salvedades, se explica en realidad por las circunstancias de sus clientes, que son los más reducidos en tamaño y los que obtienen una peor rentabilidad. No obstante, tras controlar estos factores, Arthur Andersen permanece como la firma con una mayor probabilidad de imponer salvedades. De igual manera, hemos comprobado cómo la menor propensión de Price Waterhouse a imponer salvedades no se debe a que sea una firma “débil”, sino que esta menor propensión a incluir salvedades en sus informes está explicada por que sus clientes son grandes y audita a pocas empresas con resultados negativos. Sin embargo, nuestros resultados sugieren que Peat Manvick y Coopers & Lybrand son firmas que tienen una menor inclinación a emitir algunos tipos de salvedades. En Ernst & Young no se aprecia ni una mayor ni una menor propensión a emitir infortpes con salvedades.

Además, considerando las conclusiones anteriores, se ha estudiado la posibilidad de que exista alguna relación entre la emisión de salvedades y el cambio de auditor. Nuestros resultados ponen de manifiesto que, los mencionados cambios pueden estar determinados por el hecho de emitir o recibir al menos algún tipo de salvedades. Sin embargo, no hemos encontrado evidencia significativa de que el cambio esté explicado por la búsqueda de firmas más benignas en la emisión de sus informes, ya que no parece que el cambio de auditor conlleve un cambio de opinión."

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… por lo que empíricamente no ha encontrado evidencias en que el cambio de auditor pudiera deberse a prácticas de “Opinion shoping”.

Pero… si suponemos que la gerencia se comporta de forma racional, podríamos suponer – y algunos estudios lo avalan –, un cambio “irracional” de auditor, tras uno o varios ejercicios con informes negativos que sorprendentemente mejoran después del cambio, se deben a una presunta “compra de opinión”, siempre con la salvedad de que la empresa pudiera “haber visto la luz” y mejorara unas prácticas inaceptables para el “auditor anterior”.


Pese a todo, ante cualquier “salvedad” importante a un informe, para un cliente que lo espera limpio, un auditor – inevitablemente – se encuentra ante el siguiente dilema: perder al cliente y los consiguientes ingresos que éste proporciona o enfrentarse a posibles reclamaciones civiles y/o penales por irregularidades, que pudiendo ser detectadas [no] lo han sido, y la consiguiente pérdida de reputación. Hasta hace poco los auditores en España eran contratados por un período inicial que no podía ser inferior a tres años ni superior a nueve, pudiendo ser contratados nuevamente al finalizar el citado contrato por períodos anuales. Esto hacía que una invisible “espada de Damocles” influyera – poco o mucho – sobre futuras renovaciones.

Aunque, el julio pasado, se modificó en el sentido de que:

“Los auditores serán contratados por un periodo inicial que no podrá ser inferior a tres años ni superior a nueve..., pudiendo ser contratados por periodos máximos de tres años una vez que haya finalizado el periodo inicial. Durante el periodo inicial, o antes de que finalice cada uno de los trabajos para los que fueron contratados una vez finalizado el periodo inicial, no podrá rescindirse el contrato sin que medie justa causa"
… que si bien no mejoró sustancialmente la situación existente “menos da una piedra”.

También se han detectado prácticas consistentes en cambios de auditor, sobre todo a uno de menor tamaño, especialización o experiencia, con la esperanza – por parte de algunos gerentes – de que los problemas detectados por el auditor saliente no sean descubiertos por el entrante.

El debate está abierto:


¿Cambian las empresas de auditor en un intento de mejorar sus informes?
¿Son los auditores partícipes – léase “cómplices” - de estos pseudos-fraudes – léase “tejemaneje” - o sencillamente son más benévolos y, por tanto, víctimas?
¿Son benévolos o sencillamente son “malos” porque no detectan cuestiones que el auditor saliente si detectaba y consideraba inaceptables?
¿Quién tiene mayor parte de culpa/responsabilidad?
¿Hay algo más…?

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martes, 11 de diciembre de 2007

Resultados Extraordinarios

Antigua redacción del Art. 35.2 del Código de comercio:
“ La cuenta de pérdidas y ganancias (...) distinguirá los resultados ordinarios propios de la explotación de los que no lo sean o de los que se originen en circunstancias de carácter extraordinario”

Nueva redacción del Art. 35.2 del Código de Comercio (Ley 16/2007, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable):

“La cuenta de pérdidas y ganancias (...) distinguirá los resultados de explotación de los que no lo sean”

Una de las cosas que sorprende a cualquiera que se acerca a los nuevos Planes Generales de Contabilidad (NPGC), tanto a su versión "general" como "específica para Pymes", es la – aparente - desaparición de los “Resultados Extraordinarios” (por ejemplo, la venta de un inmueble solía generar resultado extraordinarios si, dicho inmueble, no formaba parte de la actividad de tráfico “normal” de la empresa, como sería el caso de una promotora).

Con los nuevos planes, si miramos el nuevo formato de las Cuentas de Pérdidas y Ganancias, podemos observar que ya no aparece de forma específica el apartado referido a los Resultados Extraordinarios ¿Quiere decir que ya no es posible obtenerlos o que dada su escasa importancia no es necesario identificarlos específicamente?... nada de eso.

Una operación como señalada más arriba, de venta de un inmueble, deberá reflejar su resultado en el apartado “11 Deterioro y resultado por enajenación del inmovilizado” (con idéntica denominación en ambos planes pero que el “general” aparece con dos subapartados: a) Deterioros y pérdidas; y b) Resultados por enajenaciones y otras). Todo ello lo encontramos – para muchos sorprendentemente - en el apartado “A) OPERACIONES CONTINUADAS” de la citada cuenta de Pérdidas y Ganancias.

¿Pero si existen los resultado extraordinarios por qué los nuevos planes omiten/esconden dicha existencias? ¿Por qué considera el legislador, en su adaptación de las NIC/NIIF a la normativa española, que deben ir conjuntamente con, por ejemplo, otras operaciones corrientes?

En realidad los motivos son diversos, por un lado, una parte de la doctrina discutía en muchos casos las partidas que tenían la consideración de “extraordinarias” y entendía que – finalmente – la mayoría de estas se debían a un normal desarrollo de la actividad (si se vende un local para realizar el traslado a uno mayor ¿Dónde está la excepcionalidad del resultado?), es decir, podríamos considerarlos como “no-periódicos” pero nunca como extraordinarios; por otro lado, el abuso hacía que muchas empresas avispadas tendieran a “bajar” los gastos hasta la línea de “extraordinarios” (transmitiendo la sensación de “nunca más, palabrita del niño Jesús”) y subir los “ingresos extraordinarios”, o no recurrentes, hasta la “cifra de negocios” (intentando mostrar a un eventual observador de los resultados: “que bien lo estamos haciendo”). Por lo tanto, al permitir mostrar la información de forma separada – parece que – daba pie a que, más que informar, desinformaba y confundía al analista, enzarzando a auditores y gerentes con la calificación de ingresos y gastos.

Considero acertada la eliminación de los extraordinarios y su nueva calificación como “no periódicos pero relacionados con la actividad” aunque no debemos olvidar que, en cualquier caso, deberían ser eliminados de los ratios que analicen la actividad continuada de la empresa (¡Nueva bronca! jejeje).
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Entrada actualizada en www.economiaforense.es

sábado, 8 de diciembre de 2007

To be or not to be

El pasado 3 de diciembre comenta el artículo “La importancia de llamarse experto” de Andrés Pérez en mi post “Maestros y Aprendices”. A raíz de éste se creó un mini-debate en el que, a un comentario de “Carlos” hice el siguiente comentario (extracto):

Respecto a los expertos. Creo que hace 50 años para dedicarse a ser "experto" bastaba con serlo y, como bien dices, dedicarle horas y horas al estudio. Pero hoy en día eso sólo no basta y para ser experto lo primero que tiene que preocuparte es que tu "entorno" te perciba como tal (y si tienes que decirlo o "aparentarlo" - como la mujer del César - pues también)…”
Andrés Pérez, en su post del día 7 vuelve sobre el mismo tema y lo titula “Magia y percepciones” y da mucha importancia a la percepción que de nuestra marca personal tiene nuestro entorno. Por este motivo señala que…

"…”la percepción es la realidad",... nos dicen que el verbo importante no es SER, sino ESTAR y PARECER”
Y se lamenta:

“En mi opinión, el problema viene cuando la gestión de esas percepciones te desnaturaliza. Cuando no se trata de fortalecer un atributo sino de inventarlo. Ahí surgen dos problemas:

- Te vas a sentir incómodo porque estás llevando una máscara demasiado pesada.
- No vas a poder mantener demasiado la mentira y eso es lo peor que puede ocurrirle a una marca.”

Nuevamente estoy de acuerdo con él y recuerdo una frase de la colección de libros relacionados con “la ley de Murphy” [muchas más AQUÍ] que se refería la importancia de la sinceridad en los negocios y (paradójicamente) la importancia de aprender a fingirla y , aunque desconozco si es una cita de alguien real o simplemente una “leyenda urbana”, ahí queda:

“FÓRMULA DE GLYME DEL ÉXITO: El secreto del éxito es la sinceridad. En cuanto pueda fingirla, lo habrá conseguido”
La casualidad, la paradoja de “un mundo pequeño” o “teoría de los seis grados de separación” (1), ha querido que hoy ha querido que hoy (sábado 8) lea en “Expansión.ppel” (2) un artículo de opinión de Clara Ruíz de Gauna titulado “Entre el ser y el parecer” (página 4) en que su autora - a la que no tengo el gusto de conocer - vuelve sobre Ponpeya (la mujer de Julio César) y las palabras de su marido:

“No basta con que la mujer del César sea honesta; también tiene que parecerlo”
… del artículo extraigo un puñado de frases relacionadas con lo expuesto hasta ahora y que complementan y amplían lo dicho (3):

“El problema en la oficina es que muchas personas lo son, pero no lo parecen, lo que supone que es como si no lo fueran; y otras que es como si no lo fueran; y otras lo parecen, aunque no lo son, lo que, en la práctica, implica que lo son.”

“En las relaciones profesionales, es muy fácil dejarse seducir por las apariencias. Todos podemos nombrar a varios colegas que han triunfado con rotundidad sin que reunieran una sólida trayectoria académica y cierta inteligencia. Mientras hombre y mujeres con talento permanecen para siempre agazapados en una esquina.”

“Hay que reconocer el mérito de todos aquellos que han llegado alto sólo pareciendo.”

“El saber venderse a uno mismo es el primer paso hacia el éxito. Cuando dominas esta técnica, el resto es muy fácil. Siempre habrá otros que alabarán lo que no eres, pero lo pareces.”

“De todas formas, es mucho más fácil aprender a parecer que aprender a ser”

“La mejor combinación posible es el ser y el parecer. Si tiene que faltar una variable, mejor que falle el parecer” (4)
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(1) Es difícil, en cualquier caso, que desde el “papel” se cite un Weblogs o, por ejemplo, un periodista/articulista diga que utiliza “google” para documentar sus textos.
(2) Diario Expansión en papel
(3) Bajo la más pura licencia “Creative commons” y VIDEO
(4) Aunque no sé, no sé...


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Entrada actualizada en www.economiaforense.es

jueves, 6 de diciembre de 2007

“Soy licenciado en derecho y me gustaría trabajar en el departamento de contabilidad”

No es que sea licenciado en derecho pero esta frase – además de que para muchos sea absurda – probablemente hubiera tenido menos sentido hace 20 años.

Hace un par de décadas que sólo se enseñaba en el Plan General de Contabilidad (PGC) de 1973 (PGC-73), como complemento del resto de las asignaturas y sin esperar que un futuro licenciado se dedicara a “llevar contabilidades”. La legislación contable - así como la mercantil relacionada – prácticamente no existía y ello suponía que dedicarte a ella no permitía pertenecer a ninguna élite, ni impresionaba a nadie. El hecho de poner en tu tarjeta que eras – simplemente – “contable” era más o menos como poner “Presidente de Escalera”.

Tal como señala el vigente PGC o PGC-90 (al que le quedan sólo unos días de vida): Con la aprobación del [antiguo] Plan General de Contabilidad por el Decreto 530/1973, de 22 de Febrero, España se incorporó a las tendencias modernas sobre normalización contable” aunque no se hizo comenzó a fraguar hasta hace una veintena de años.

Durante la vigencia del anciano PGC-73 la naturaleza jurídica del mismo no estaba del todo clara (1) y, pese a que entre la profesión contable era de aceptación general, no terminaba de ser un pariente lejano del derecho y los textos legales, supuestamente relacionados, lo ignoraban completamente. De hecho ni siquiera encontrábamos referencias en su hermano mayor (Ley de sociedades Anónimas) o en su “primo Zumosol” el Código de Comercio.

De este modo nadie miraba hacia el PGC-73 puesto que – además –, habiendo sido aprobado por el Ministro de Hacienda de la época, todo el mundo lo veía como una norma eminentemente fiscal puesto que su aparición se fragua junto a una norma de actualización de balances.

La visión que tienen los empresarios españoles de la contabilidad no ha facilitado la separación del PGC del derecho tributario sino que, más bien al contrario, se ha unido irremediablemente, en un ciego y absurdo intento de engañar a Hacienda, sacrificando – en el viaje – importante cuestiones relacionadas con control interno de las empresas.

La reforma del ordenamiento contable – si me permite la expresión “de la legislación contable” – se inicia a finales de los ochenta con la promulgación de dos importantísimas leyes:

- La Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoria de Cuentas (B.O.E. del 15 de julio).
- La Ley 19/1989, de 25 de julio, de Reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea en materia de Sociedades (B.O.E. del 27 de julio).


Y culmina con la aprobación del un nuevo Plan General de Contabilidad (PGC-90), aprobado por “Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre”, todo ello fruto de la Cuarta y Séptima Directivas europeas de 1978 y 1983, respectivamente (2).

A las leyes señaladas anteriormente les acompañaron otras de similar importancia:

- Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (1989)
- Reglamento que desarrolla la ley 19/1988 de Auditoría de cuentas (1990)
- Real Decreto 1815/1991 de Normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas.
- Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (1995)
- Reglamento del Registro Mercantil (1996)
- Normas para la actualización de balances (1996)
- Ley sobre introducción del euro (1998) y Normas sobre los aspectos contables de la introducción del euro (1998)
- Normas de adaptaciones sectoriales al PGC: Empresas constructoras, federaciones deportivas, empresas inmobiliarias, de asistencia sanitaria, de entidades aseguradoras, del sector eléctrico, de entidades sin fines lucrativos, de sociedades concesionarias de autopistas, túneles, puentes y otras vías de peaje, de empresa de abastecimiento de agua, de sociedades anónimas deportivas, de empresas del sector vitivinícola y de empresas del sector del transporte aéreo.
- Y un sin fin de resoluciones del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que han añadido luz sobre una innumerable casuística práctica que se nos iba planteando a los profesionales de la contabilidad.


Toda esta normativa forman – sin duda – el marco legal de lo que podríamos llamar “Derecho contable”.

Si todo esto no fuera suficiente, a partir del año 2000, la Comisión Europea entiende que todas las empresas necesitan hablar el mismo lenguaje, resulta necesario fijar unas reglas de juego que sean iguales en todos los estados miembros y se comienza a pensar en unas Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) o, en su versión más actual, Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

La Comisión Europea, de este modo, mediante el Reglamento 1606/2002 de 10 de julio, de aplicación obligatoria, determina que:

1) Para los ejercicios iniciados a partir de enero de 2005 las Cuentas Anuales consolidadas de las sociedades admitidas a cotización en debían formularse de acuerdo con las NIC
2) Autorizaba a los Estados, y para el resto de las empresas (grupos no cotizados o empresas individuales), a exigir la utilización de las NIC o continuar con la normativa en vigor.
Y, a consecuencia del mandato reglamentario de la Comisión Europea señalado, se aprueba un nuevo texto legal: la Ley 62/2003, de 20 de septiembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, por la que se “permite” a los grupos cotizados la utilización de las NIC para los ejercicios iniciados a partir de 2005 y que los “no cotizados” hagan lo que consideren (incorporarse a las NIC o continuar con el PGC-90).

Finalmente, llegamos al presente año 2007 con una nueva ley relacionada con el ámbito contable: la Ley de Reforma Contable (16/2007), según Jesús Omeñaca (3) un auténtico “Código de la normativa contable”, por la que se modifica – nuevamente – el Código de Comercio, la ley de Sociedades Anónimas, la de Sociedades Limitadas, Cooperativas y, lo que es más importante, el Impuesto de Sociedades para que la transición del PGC-90 al nuevo Plan General de Contabilidad (NPGC-07) tenga un efecto fiscal neutro.

Por lo tanto, creo que podemos afirmar que dedicarse a la contabilidad ya no es algo limitado a lo que - despectivamente – se consideraba “los contable” (4) sino que, desde hace algo más de una década, se está configurando como una auténtica profesión a la que muy dignamente se están dedicando titulados universitarios, especialmente Diplomados en Empresariales, Licenciados en Administración y Dirección de Empresas y, en menor proporción – pero de igual importancia –, Licenciados en Económicas o en Derecho. Todo ello hace que me pregunte si llegaremos a escuchar:

“Si, soy contable… ¿Qué pasa?”


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(1) José Tua Pereda (REVISTA ESPAÑOLA DE FINANCIACION Y CONTABILIDAD, Vol. XX Num 65, octubre-diciembre 1990 pp. 823-837).

(2) A partir del 2000 la Comisión Europea decide dejar de utilizar las Directivas como instrumento de transmisión de instrucciones a los países miembros para comenzar a utilizar los Reglamentos, de aplicación obligatoria en todo los estados.

(3) Jesús Omeñaca García: Guía práctica de adaptación del PGC de 1990 al NPGC y PGC Pymes (Deusto)

(4) A la única persona que he oído hablar con respeto de la profesión y tratar con dignidad a la actividad contable es a Don Lorenzo Lara, presidente del Consejo General de Colegios de Titulados Mercantiles y Empresariales, puesto que siempre ha dicho que “nosotros [los Titulados Mercantiles] somos CONTABLES y muy orgullosos que estamos”, pese a que desde el Consejo General se haya intentado introducir - sin éxito - en la sociedad el término “Empresista”.

lunes, 3 de diciembre de 2007

Maestros y aprendices

En el apartado “Especial consultores” de la web de la “Asociación Española de Empresas Consultoras” (www.consultoras.org), se incluyen dos artículos que me gustaría comentar (bueno, “polemizar”... para qué nos vamos a engañar):

El primero es de mi amigo Andrés “marca personal” Pérez y se titula “La importancia de llamarse experto”. Me gustaría comentarlo porque estoy completamente de acuerdo con Andrés, valoro mucho la importancia de que tu entorno te perciba como un “experto” – aunque en mi caso no lo sea – aunque creo que lo realmente importante es, en mi opinión, la posibilidad de conseguir rentabilizar esa ventaja competitiva respecto a los otros profesionales de tu entorno que, en lenguaje económico, pudiéramos llamar “sustitutivos”.

Los la profesión de “experto” no puede estudiarse en la Universidad, ni aprenderse en un postgrado, y el experto no nace sino que se hace pero tampoco hay un libro de instrucciones...

Mi recomendación sería para aquel aspirante a “experto”, o que quiera iniciarse en ese mundillo, es que empiece por el generoso artículo de Andrés.

Relacionado con los expertos-maestros están los becarios-aprendices. Me sorprende – bueno, no me sorprende – el otro artículo que publica la misma Asociación Española de Empresa Consultoras en esa misma sección titulado ¿Talento a precio de coste? Los becarios le salen un 50% más baratos a las empresas”.
Me sorprende porque – a veces – con los becarios se hace mucha demagogia y se intenta dar mucha “penita”.

Nunca he sido becario porque cuando empecé – para mi desgracia - no existía esa figura y los que nos iniciábamos en el mercado laboral no teníamos la oportunidad de acceder a una profesión directamente relacionada con lo que estábamos estudiando, habíamos estudiado o era nuestra vocación.

En el primer trabajo que me ofrecieron, en un despacho de abogados-economistas, como contable (y aprendiz de asesor fiscal) – lo reconozco - me sorprendió que me quisieran pagar por aprender.

Trabajé, y trabajé duro, hasta que adquirí la soltura necesaria para sentirme autónomo. Y me marché, pero no me marché por dinero sino porque no percibía claramente mi futuro en ese despacho: nadie me ofreció una “carrera profesional” (aunque tampoco les culpo porque no es una práctica muy extendida en los despachos pequeños).

Por tanto, no creo que se explote – en general - a los becarios [al final hay un enlace para que puedas dejer tus insultos] sino que se les retribuye según su aportación marginal a la empresa, bajo al principio y luego algo mayor en función de su competencia, y ¿porqué no? por su competitividad.

Esta aportación – y consecuente remuneración - es posible que no sea mayor porque el trabajador, en su libertad para no comprometerse, en su libertar para tener tiempo libre, en su libertad para que nadie le explote por “cuatro duros” (0,12 euros), y en su libertad para que su currículum esté en Internet y él en el mercado por si sale algo mejor. Ahora bien, también está la libertad del empresario para no comprometerse ¿no?.
El empresario debe aceptar que los tiempos han cambiado y que los trabajadores que acceden a su empresa son distintos a los de su época, ahora bien, el trabajador debe aceptar que ese será el salario de su compromiso.
Es el “Quid pro quo” del “Silencio de los corderos” (y no es casualidad la elección de la película).
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Entrada actualizada en www.economiaforense.es

viernes, 30 de noviembre de 2007

Bancos vs Pymes

Todas las mañanas, cuando voy a tomar café – a una cafetería a la que no voy a recomendar para que no se sature – suelo llevarme artículos, libros, revistas, etc. porque es una hora tranquila y se puede leer/estudiar cómodamente (sin “teles”, gritos, humos, olores, etc. habitual en algunos establecimientos) ¿comprendes porqué no la recomiendo?.

Ayer, leyendo el número 135 de la “Revista Española de Financiación y Contabilidad” de “AECA” encontré un artículo que me llamó especialmente la atención. Era de una tal Judit Montoriol Garriga, a la que no tengo el gusto de conocer, pero me llamó poderosamente la atención su artículo por tres cosas: 1) Era una tesis doctoral (enhorabuena por haberla finalizado); 2) era en la Universitat Pompeu Fabra (Barcelona) y siempre comento con mi hija – que ahora tiene casi 10 – que algún día irá a esa universidad (yo soy de Barcelona y, medio en broma, medio en serio, siempre me pareció una buena opción para ella); y 3) se leía ese mismo día 29 [ayer]. ¡Qué nervios!... por un momento imaginé a la chica – o señora – frente al tribunal, con los nervios a flor de piel, los titubeos, la mirada inquieta...

No fue casualidad – en cualquier caso – que mi escaso tiempo eligiera ese artículo para disfrutarlo durante ese café con leche mañanero, el título me resultó atractivo: “Relaciones bancarias y la financiación de las PYMES (Análisis empírico del coste de capital, racionamiento de crédito y desempeño empresarial)”.
¿Bancos? ¿Pymes? ¿coste de capital? ¿crédito?... mi “gugelcerebro” lo posicionaba muy arriba en mi lista de intereses y me dispuse a leerlo.

Trataba de las relaciones banca-pyme en el contexto de información asimétrica del mercado crediticio, examinando la importancia de las relaciones bancarias para las pymes en términos de la disponibilidad del crédito, el coste de capital y la madurez del crédito.

El artículo no me defraudó y paso a “postear” varios extractos que más me ha parecido interesantes:

“El grado en el que el banco hará inversiones específicas en la empresa depende de su capacidad de extracción de rentas en el futuro, cosa que se determina por el grado de competencia en el mercado bancario.”

“Los modelos teóricos apuntan a que tener una sola relación bancaria realza los incentivos del banco a invertir en generar información de la empresa cosa que maximiza el valor de la relación, pero al mismo tiempo facilita la explotación del monopolio de información por parte de este único banco (hold-up), situación que reduce el valor de la relación. El otro lado de la misma moneda es que tener múltiples bancos evita el problema de “hold-up” pero al mismo tiempo disminuye
los incentivos de invertir en la relación por parte de cada uno de los bancos.”

“...el efecto del número de bancos en el coste de capital depende del grado de concentración en el mercado bancario. En mercados bancarios
concentrados, las empresas con un solo banco tienen un coste de capital mayor que las empresa con múltiples bancos, mientras que en el mercado menos concentrado encontramos el resultado opuesto, es decir, las empresas con un solo banco disfrutan de un menor coste de capital que las empresas con múltiples bancos.”
“El resultado más interesante es que las empresas aumentan el número de relaciones para aumentar la deuda bancaria”
Puedo afirmar – empíricamente – que los clientes con más dificultades crediticias elevan infinitamente el número de entidades con las que trabajan: Entiendo que por un lado es más fácil pedir “poco” a muchos que “mucho” a uno sólo y los bancos, por otro lado, se sienten más cómodos si perciben que el riesgo está diversificado en lo que llamaríamos el “juego de la silla” (durante la música todos giran alrededor de las sillas y cuando finaliza el que se queda de pié pierde, en este caso en forma de “fallido”).

Prosigue la autora...

“Seguidamente dividimos la muestra en tres grupos por tamaño de empresa (micro, pequeña y mediana). Para pequeñas y medianas observamos el mismo patrón de resultados. Sin embargo, las empresas micro muestran un comportamiento distinto: el número de bancos tiene un efecto negativo en el coste de capital mientras que no es significativo para la disponibilidad de crédito y madurez. Además el grado de concentración bancaria no tiene ningún efecto (...) las microempresas son particularmente susceptibles al problema del “hold-up” cuando tienen una única relación bancaria.”

“... la concentración en el mercado bancario es perjudicial para las pymes: en mercados más concentrados los bancos explotan el monopolio informacional cuando son el único banco y racionan el crédito a las empresas cuando hay múltiples bancos”

“... efectos de las relaciones bancarias en el desempeño empresarial. Tener una única relación incentiva la eficiencia de las inversiones porque se induce a las empresas a tomar proyectos óptimos y desde el punto de vista del banco facilita la asignación de recursos a favor de las empresas con mejores oportunidades de inversión. En el lado negativo, tener una sola relación genera el problema del hold-up”

“El resultado principal es que las empresas que tienen una sola relación bancaria tienen menor rentabilidad sobre activos que las empresas con múltiples bancos”

“A medida que las empresas crecen y aumentan su endeudamiento, también tienden a aumentar el número de bancos. A medida que las empresas envejecen y mejoran su calidad en términos de liquidez y proporción de activos tangibles disminuyen el número de bancos”

Estoy seguro de que el resumen es insuficiente pero esto es lo que me ha parecido interesante destacar del resumen de la tesis que aparece en la revista de AECA.
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jueves, 29 de noviembre de 2007

La deslocalización... y la madre que la parío (con perdón)

Destacan hoy en Expansión.com una noticia relacionada con la deslocalización y el sector de la Automoción >>>> [AQUÍ]


Poca cosa más se puede comentar al respecto, tan sólo incluyo la noticia como una referencia más y porque me gusta que forme parte del histórico de entradas para que, dentro de unos años, ver el problema con la necesaria perspectiva.


También entiendo, y lo dejo como tarea pendiente, que sería incluir en un blog para no iniciados algunas referencias - aunque fuera generales - de esta cuestión.


Sólo puedo decir: "seguiremos informando".


miércoles, 28 de noviembre de 2007

Primeras impresiones del EBE 07


Siento desilusionarte pero bajo este título no vas a encontrar un resumen de la jornada. Por un lado ya estamos a miércoles y si has tenido un mínimo de interés “ya te lo habrán contado”; otro lado amigos – he comenzado a llamarles “amigos” – han redactado excelentes resúmenes, por ejemplo el de Raúl en su post Mi extraordinario EBE: El evento o lo han fotografiado de forma que parece que continúas allí (ver: Alberto Salgado en Flikr) .

Estoy satisfecho porque contacté con personas [reales], que hasta ese momento no conocía – a otras les puse voz y cara – y que, a partir de ahora, comenzaré a seguir. Si que me gustaría destacar de todas ellas, y a la que me gustaría enviar desde aquí un cordial saludo, a Chari que fue nuestra anfitriona en la “cena alternativa”, como ella misma ha definido, de algunos de los que estamos en el blogbook.

Una de las mayores sorpresas me la produjo Andreu Buenafuente al que no conocía su faceta de bloguero o la de Javier Capitán, también bloguero confeso. Claro, cuando ves a personas tan populares y tan poco necesitadas de audiencia que deciden contar más cosas – además –, en la intimidad de un blog, entiendes porqué “esto engancha”.

También me sorprendió, supongo que como a casi todos los no “avanzados”, la cantidad de Mac(s) y de Blakberry(s) que tenía todo el mundo – entiendo que muy por encima de la media (real) - y como más de uno ha comentado “parecía que los regalaban”.

Pero la primera cosa que mayormente me impresionó no sucedía en el escenario sino fuera de él. La mayoría de los asistentes estaban “armados” con su portátil y, a la vez que escuchaban, continuaban “conectados” como si la cosa no fuera con ellos: algunos “posteban” en su blog, otros miraban el correo, navegaban, entraban en los blogs de personas a las que acaban de conocer o en las webs/blogs de los que estaban dando las charlas... me producía vértigo presenciar la “multi-tarea” de forma masiva. He de reconocer que: “era mi primera vez”.

La segunda cosa que más me impresionó, reconozco que soy un chico de pueblo, fue el hecho de que mientras se desarrollaban las presentaciones algunos, Twitter en mano, enviaban mensajes a la dirección del EBE 07 y aparecía, en ese momento, en una pantalla gigante a la derecha de la sala. Otros, eso ya era la “leche”, se los enviaban directamente a los distintos moderadores, de las distintas mesas, por lo que las preguntas/comentarios eran convenientemente introducidas en las charlas ¡Impresionante!.

Yo estuve allí (Soy el más guapo [broma]... el otro es Dioni del que no me despegué en todo el evento y que es un "fuera de serie")

lunes, 26 de noviembre de 2007

Microsoft se rie de Microsoft

El el Evento Blog España (EBE 07) se pudieron ver muchas cosas interesantes sobre las que, tan pronto como pueda, me gustaría dar mi particular versión.

Todavía estoy intentando poner en orden muchas cosas de las que puede apreciar, casi tantas fuera del escenario como dentro (perdón, muchas más fuera del escenario que sobre él).

En cualquier caso, y dentro de la categoría que inauguré hace unos días "VíDEOS" me gustaría incorporar uno de los que nos presentó, sorprendentemente un hombre Microsoft: Ismael El-Qudsi (Search Manager o responsable de Live.com), no lo conocía hasta ese momento pero me pareció muy buen comunicador. Es más, me ha hecho pensar que puede haber vida más allá del Google...

Cuando consiga finalizar la digestión y el tiempo me lo permita completaré este breve flash.

El vídeo simula el diseño de la caja del "iPod" de Apple si lo hubieran diseñado desde Microsoft (ya verás como es una auto-crítica explícita y muy simpática).

miércoles, 21 de noviembre de 2007

¿Sabe la mano derecha lo que hace la mano izquierda?

El área más sensible en cualquier empresa como señalé en [VER] es la tesorería (saldos líquidos en caja, cuentas corrientes a la vista, etc) y todas las formas en las que puede encontrarse de forma transitoria: cheques pendientes de cobro y pago, facturas pendientes de cobro o pago – si, si, vaya controlándolas como efectivo si no quiere tener problemas - , vales de caja, recibos, anticipos, etc.

Houston, I’ve got a problem... (“Jiuston” tenemos un problema...)
Bien sea porque estemos en una pequeña empresa y por unos motivos (menos movimientos, menos controles y menos desconfianza en las personas), bien sea porque estemos en una gran corporación (más movimientos, más controles y mucha más desconfianza en las personas) la revisión de las transacciones relacionadas con el dinero efectivo son fundamentales dadas las características especiales del bien objeto de control y con las que no tiene sentido extenderse.

Si conviene – al menos – por otro lado conocer algunas prácticas nocivas para para la empresa, y si no es mediante el establecimiento de complejos controles, al menos mediante controles aleatorios o – incluso – mediante brico-controles, poder detectarlas:
  • Un truquillo un poco “chusco” es incluir dos o tres veces tickets con pequeños gastos o poner importes adicionales a facturas/vales escritos a mano: convertimos 13, 25 en 18,25 (sólo son cinco euros pero... tres veces al día, seis días a la semana y durante cincuenta semanas se convierten en casi ochocientos euros).
  • También es posible manipular directamente los documentos de cobro (cheques, efectivo, etc.) mediante la manipulación de las conciliaciones, es decir, damos por cobrada una factura mediante un cheque (bancos a clientes) pero ese cheque nunca se ingresa, por eso el defraudador da conformidad a una conciliación en la que aparece un cheque que nunca se ha ingresado y así, o te pones a hacer tu mismo la conciliación o es que no lo pillas.
  • Una práctica más arriesgada para el “chorizo” pero que puede dar un gran “rendimiento” consiste en no anotar los cobros parciales que hacen clientes en situación de “dudoso cobro”. Ya sabemos que los clientes con dificultades suelen ir realizando pequeños pagos de forma irregular y sin patrón alguno (que gustosamente acepta la empresa), pero ¿qué pasa si esos pequeños cobros nunca se ingresan en caja y finalmente se lleva a “pérdidas de créditos incobrables” toda la deuda?...
  • A medida que el “espabilado” va probando cosas y le van saliendo bien el problema comienza a crecer como si fuera una bola de nieve cuesta abajo. Llegado a este punto ¿por qué conformarme con unos cuantos cientos de euros a lo largo del año como dinero de bolsillo si puedo conseguirlos de una sola “tacada”?, ¿acaso no me van a echar igual si me descubren...?. Es en este punto cuando comienzan los problemas para unos y otros: se pasa de “sisar” a directamente hurtar, apropiarse indebidamente o lo que sea [VER]. Se han detectado prácticas del tipo “doble factura”: al cliente le entrego y le cobro una factura por un importe y emito una segunda factura con un importe que incluye un descuento comercial, por pronto pago, por volumen, etc. que es la que finalmente se contabiliza y se da por cobrada, quedándome la diferencia.
  • Una de las prácticas habituales consiste en la contabilización y pago de facturas por compras o gastos inexistentes. El pago es real – incluso por transferencia – aunque lo fraudulento es el documento que refleja la compra o prestación del servicio que no se corresponde a una transacción real sino a un documento inventado por “alguien” [VER].
  • También, al alcance de cualquiera que maneje fondos, está la tentación de desviar temporalmente los fondos a cuentas - remuneradas – particulares par ir reponiéndolo y quedarse con los intereses generados (mucho más interesante en situaciones de tipos de interés altos que con tipos del 3 o 4% como los que actualmente tenemos en España).
  • A veces se han detectado “auto-préstamos”, es decir, el cajero se hace un préstamo no-remunerado que luego va devolviendo poco a poco y que oculta mediante un maremagnun de anticipos, vales de caja, gastos de viajes y dietas pendientes de justificar, etc. Podría considerarse un pecado venial, pero siga leyendo...
    ¿Qué hacer?

    Los bancos y cajas de ahorro lo tiene muy claro: da lo mismo de lo que te apropies de 100 euros, de 100.000 euros o de una grapadora... vas a la calle.

    El problema no es tanto el importe sustraído como la pérdida de confianza en ese empleado, (si me engañas una vez será culpa tuya si me engañas dos veces... entonces ya es responsabilidad mía). El hecho de que haya visto el dinero como "dinero" y no como un bien de la empresa, hace que sea necesario no dejar dudas a nadie.
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Entrada actualizada en www.economiaforense.es

lunes, 19 de noviembre de 2007

Evento Blog España (EBE) 2007


Este fin de semana estaré en Sevilla en el Evento Blog España, que se celebrará los días 23, 24 y 25 de noviembre de 2007 en Sevilla en el que creo que ya hay apuntadas más de ochocientas personas.

Si alguien quiere contactar conmigo personalmente (acreedores abstenerse, jejeje) puede enviarme un e-mail y podemos quedar para charlar de cualquier tema.

En principio supongo que estaré en el grupito de Dioni Nespral, puesto que creo que ya tenemos medio acordada una cena-fiesta (en forma de homenaje que nos daremos a nosotros mismo).

¡Nos vemos en Sevilla!

domingo, 18 de noviembre de 2007

Gato 2.0

Hace poco que tenemos un gato en casa. Mis hijos están encantados con el animal pero “John Doe” – así se llama - no es un gato normal… es un “Gato 2.0”. A mis hijos les pasa lo que le pasa a mucha gente con el término “dos punto cero” siguen su filosofía aunque no saben que lo están haciendo.

El concepto 2.0 fue acuñado inicialmente – fuente: Wikipedia - por Dale Dougherty, de O’Reilly Media, durante una tormenta de ideas con Craig Cline, de Media Live, para desarrollar ideas para una conferencia relacionada con el marketing y con Internet así que, el origen del término, tiene su origen en la Tecnología de la Información y Comunicación (TIC). Dougherty y Cline fueron los primeros que utilizaron el término Web 2.0 para referirse a una segunda generación de webs basadas en una comunidad de usuarios y servicios (redes sociales, bitácoras, wikis, etc.) que fomentaban el intercambio ágil de información entre usuarios.

Referirnos a una Web 2.0 por fuerza nos obliga a introducirla a partir de lo que - simultáneamente - comenzó a llamarse Web 1.0 o un momento en el que los usuarios de Internet accedíamos a la red de forma pasiva y la navegación se hacía mediante la visualización de una serie de páginas estáticas que se actualizaban cuando el administrador “webmaster” del sitio “website” lo creía conveniente. Pronto se observó que el visitante era tremendamente inquieto y necesitaba cierta interactividad – cierto feed-back – con los lugares a los que accedía y no se conformaba con “ver” sino que también quería “tocar”.

La filosofía – más que un término informático es una forma de ver las cosas – no actúa como un mero acceso a la información (Web 1.0) sino que actúa como un punto de encuentro (Web 2.0). La base de esta nueva forma de entender la comunicación se basa en la expresión “lo que no se comparte se pierde” y – por tanto – cuantos más usuarios la utilizan y aportan contenidos mayor es el valor que se percibido (es lo que se conoce como “bienes red”).

¿Pero cómo sabemos que estamos compartiendo la filosofía 2.0? muy fácil: si usted ha visto algún video de Youtube (directamente de la red o en alguno de los programas de televisión que ponen imágenes obtenidas de páginas similares); si durante alguna búsqueda en Google ha acabado en alguna enciclopedia colectiva tipo Wikipedia; si ha compartido fotos en Flickr; música, películas o programas con eMule; si anuncia su empresa mediante Google AdSense; si tiene su propia Bitácora (Blog) para compartir experiencias “en abierto”, es usted una persona 2.0.

La filosofía 2.0 es otra forma de entender las cosas basadas en la inteligencia colectiva y en el espíritu colaborativo. Una forma de hacer las cosas en la que los usuarios no sólo quieren ser consumidores sino que – también – quieren ser productores de contenidos propios y de otros usuarios, algo que ya sólo está siendo posible desde la generalización de la banda ancha en los hogares.

(...)

Mi gato es, como he señalado al principio, es una mascota 2.0 porque si inicialmente era nuestro ahora él ha decidido – por su cuenta – no conformarse con el espacio de nuestro jardín sino que también va a visitar el jardín de mis vecinos, por lo que tenemos un gato “compartido”. Que nunca ha sido fácil mantener a un gato encerrado no es algo nuevo y todo el que haya convivido con ellos lo sabe, pero un animal se convierte verdaderamente en 2.0 cuando nosotros lo disfrutamos, mis vecinos están encantados porque se pase por su jardín, se eche algunas siestas, entre en casa a jugar, etc. (no les gusta tanto que haga otras cosas, ummmm) y el gato en la gloria porque “disfruta” de dos familias.


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(Extracto del artículo que he publicado hoy en el períodico - de papel - ÚLTIMA HORA de Ibiza y Formentera)

Ampliación: Para concer alguna de las aplicaciones para la empresa de la Web 2.0 recomiendo el documento realizado por la Fundación de la Innovación (Bankinter) y Accenture.

viernes, 16 de noviembre de 2007

El Gobierno aprobará mañana [hoy] el plan general de contabilidad

Fuente: Terra (EFE)

El Consejo de Ministros aprobará mañana [hoy] un decreto con el plan general de contabilidad (...).

El Consejo aprobará además otro decreto con el plan general de contabilidad de las pequeñas y medianas empresas, que contendrá también los criterios contables específicos para las microempresas.




NOVEDADES de esta tarde

Fuente: Finanzas.com (Europa Press)
Para facilitar la aplicación de la reforma contable a las sociedades de menor tamaño, la vicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega, a través de la UNED, llevará a cabo una campaña gratuita de formación para todas las pequeñas y medianas empresas que lo soliciten, así como para los profesionales que les prestan sus servicios.

Además, De la Vega indicó que se establecerán mecanismos de cooperación con Cepyme y el Consejo Superior de Cámaras de Comercio para facilitar la adaptación de las pymes a la nueva normativa contable.
Un aspecto novedoso es que las pymes podrán financiar a tipo cero la adquisición de los programas informáticos necesarios para la aplicación del nuevo plan. El Plan Avanza contempla préstamos de hasta 50.000 euros, a tipo cero y con un periodo de devolución de hasta cinco años.
Última actualización:
Ya puedes acceder a los documentos tal y como se han publicado en el BOE [AQUÍ].

jueves, 15 de noviembre de 2007

¿Por qué fracasan los negocios?

Tengo un libro muy viejecito – de 1985 - que se llama “Rentabilidad en la pequeña empresa” de un tal Esward Geoffrey Word y de la Editorial Deusto. Le tengo especial cariño porque utiliza un lenguaje sencillo y al alcance de cualquiera.

Me gusta porque trata temas calientes relacionados con la gestión de la pequeña empresa (los beneficios, la dirección, el márketing, la contabilidad, el cálculo de costes, productividad, etc.).

Un capítulo que me gusta especialmente es el número 7 que lleva por título “El beneficio no es todo” y en él, su autor, se hace la pregunta que lleva por título este post “Por qué fracasan los negocios”. Es curioso pero el autor – o el traductor – no ha utilizado signos de interrogación (¿?) ¿acaso era una afirmación y no una pregunta?... sea cual sea el motivo dejo al lector que saque sus propias conclusiones (las negritas y los [corchetes y cursiva] son míos):

1.- Conceder demasiado crédito a los clientes
2.- Dejar que las existencias alcancen niveles demasiado altos
3.- Expandir las ventas con demasiada rapidez en relación con el capital circulante [Fondo de maniobra] de que se dispone.
4.- Las fluctuaciones en los ingresos y pagos debidas a los factores estacionales o a los ciclos comerciales o del negocio.
5.- Invertir una proporción demasiado alta de los beneficios en activo fijo e insuficiente en capital circulante [otra vez el Fondo de maniobra]. Un efecto similar se crea al endeudarse excesivamente por las compras a plazos.
6.- Abusar del crédito de los proveedores y luego ser presionado para el pago. Los mismo puede ocurrir con los créditos bancarios y otros préstamos.
7.- Subestimar los efectos y la extensión de la inflación
[más importante en los ochenta que en la actualidad... espero].
Relacionado con todo lo anterior conviene recordar que las Pymes – bueno, también las grandes - suelen tener dos tipos de problemas:

1º. Relacionados con la rentabilidad: diferencia entre ingresos (ventas) y gastos (costes).
2º. Relacionados con el disponible: diferencia entre cobros y pagos (cash-flow).


Muchos pequeños empresarios cometen en error se preocuparse casi exclusivamente en el primer problema porque suele ser mucho más fácil de controlar“Juan, ¿cuanto hemos vendido este mes? o ¿Cuánto le hemos comprado a ...? – y suelen descuidar el presupuesto de tesorería porque supone la elaboración de unos estados financieros ad hoc y que no suelen ser facilitados por los programas habituales de contabilidad.

Es cierto, si no hay beneficio no hay empresa, pero ¿Qué empresa prefiere dirigir?: Una con tesorería/crédito ilimitado aunque en pérdidas o una con grandes beneficios pero sin “caja”.
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Revisión 16/11/2007:
Comenta este post en su blog "el intermediario" y como suele suceder, en esto del Web 2.0, la información cuando se transmite y se cocina se suele mejorar. Incluyo un simpático comentario que realiza el autor y que incorporo desde este moento a mi anecdotario particular (eso si, lo haré citando fuente).
Comenta Luis (El intermediario) que...


"he trabajado, tanto en grandes multinacionales como en pequeñas empresas, recuerdo una buena “receta” y, al mismo tiempo, simple, para recordar la importancia de la “caja” en los negocios. Me la dio un profesor (siento no recordar quien fue) cuando dijo que el balance de una empresa tiene dos partes: el activo, que se compone de “caja” y de “estados indeseables de la caja” (stocks, clientes que nos deben, etc) el pasivo, que se compone de un poco de dinero que hemos puesto nosotros y de todos los “incautos” que han confiado en nosotros y han puesto el suyo.

Desde mi punto de vista, es importante no olvidar esos estados “indeseables” y, por lo tanto, estar, constantemente, atentos para convertirlos en el único “deseable” que es la caja y que, también, llamamos tesorería que, por algo, viene de tesoro."

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martes, 13 de noviembre de 2007

EBITDA... ¿eeebbb qué?... E.B.I.T.D.A.

EBITDA debe ser un concepto manejado con soltura para dar a entender que tienes ciertas nociones de análisis financiero y, aunque ya no está de moda como hace unos años, siempre queda bien para impresionar a los conocidos.

Su traducción literal sería- más o menos – así:

(E) de “earnings” es decir “beneficios”.
(B) de “before” o que traduciríamos por “antes”.
(I) de “interests” de “intereses”.
(T) de “taxes” lo que se lo mismo que “impuestos”.
(D) de “depreciation” o “amortizaciones del inmovilizado”
(A) de “amortization” por las amortizaciones de intangibles y gastos amortizables


Pero – claro – si decimos “Beneficio antes de Intereses, Impuestos y Amortizaciones”, el BIIA de toda la vida, no queda tan fashion, jejeje.

Si Resultado Bruto de Explotación (RBE) son las “Ventas Totales” menos el coste de las mercancías vendidas o “Coste de las Ventas”. Si el Resultado Neto de Explotación (RNE) es el RBE, visto anteriormente, más los “otros ingresos de explotación” (sin intereses ni extraordinarios) menos los “otros gastos de explotación” (sin incluir las amortizaciones), es decir, los gastos relacionados con la actividad y en los que no incluiríamos gastos como intereses, impuestos directos (I. Sociedades, etc), o los extraordinarios.

Por tanto el EBITDA sería...

RBE + otros ingresos – otros gastos (excluidas amortizaciones)

o alternativamente...

RNE – Amortizaciones.
El amigo EBITDA se ha intentado mostrar como un sucedáneo del Cash-Flow, o flujo de caja operativo, porque aparentemente representaría la capacidad de una compañía para generar tesorería (recuerde: la vaca por su leche y las empresas por sus dividendos). Pese a todo, omitir impuestos, gastos financieros, suponer que todo lo que se ha vendido se ha cobrado y que todo lo comprado se ha pagado es mucho suponer y – por tanto - no será la medida más representativa.

Las empresas, sobre todo aquellas de sectores emergentes, que prefieren esconder sus dificultades o que no están muy boyantes, utilizan el EBITDA para “marear la perdiz”.

Indudablemente presenta la ventaja, a la hora de comparar dos empresas, que al no tener en cuenta la estructura financiera, ni la forma en la que le afectan los impuestos o gastos que no supongan un desembolso actual (amortizaciones), que ya lo fueron en el pasado (cuando de pagó el activo tangible o intangible), centra el análisis en el núcleo duro del negocio, ese que está generando ingresos y los generará en el futuro.

En cualquier caso, si lo único que le muestran el EBITDA pueden llevarle al error de pensar que la empresa está obteniendo “en alguna línea de su cuenta de resultados” de un cierto beneficio, aunque lo que te están escondiendo es que – posiblemente - los gastos financieros se la están comiendo, como le está afectando la deuda a su balance o si se muestra vulnerable a una hipotética subida de intereses. También, al excluir las “amortizaciones” le hacen mirar hacia otro lado y no pensar en el “fondo de comercio” y como afectaría a su cuenta de resultados una gestión agresiva – traducida en el pago de elevadas cantidades por “fondos de comercio” en sus adquisiciones que con el PGC de 1990 debía amortizarse en un plazo máximo de 20 años y con el NPGC no dejan amortizarlo pero obligan a dotar una reserva indisponible de al menos el 5% hasta alcanzar el valor del citado fondo y se someterá, al menos anualmente, a la comprobación del deterioro del valor, procediéndose, en su caso, a la corrección valorativa por deterioro, no pudiéndose revertirse en el futuro.
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