Bienvenido al primer Blog sobre Economía Forense en Español

Blog: www.economiaforense.org
Contacto: José Antonio Avellaneda

Bienvenido a este proyecto de Blog que pretende desarrollar conceptos relacionados con la prueba pericial contable y económica en un intento de acercarlos al profesionales que los tiene que utilizar pero tiene una formación específica distinta. También es un cuaderno de bitácora sobre economía para no economistas y auditoría para no auditores.

¿Qué significa economía forense?

NOTA: Pásate por El Nanoeconomista y encontraras otras cuestiones interesantes relacionadas con la economía.

viernes, 28 de septiembre de 2007

Latín para "dummies" o ¿Cuánto latín sabes? (I)

Acabo de leer un artículo relacionado con la carga de la prueba en los procedimientos tributarios en el Boletín jurídico de septiembre (nº 128) del – muy recomendable - centro de documentación Planificación Jurídica que no puedo pinchar porque no está en abierto (es de pago, vamos).

El autor del artículo, Juan Pedro Rodríguez Blanco (Inspector de Hacienda), siembra las 5 páginas del mismo de latinajos (locuciones latinas) que, si bien no me parece que aporten gran cosa a la comprensión de un texto eminentemente práctico, si que nos puede servir para poder:

a) ¿Utilizarlos en nuestros escritos? (por favor: “no latín, no SMS”)
b) Identificarlos en los escritos de letrados o peritos que fueron a una escuela de pago y/o eran de los que tomaban apuntes en las clases de Derecho Romano.


Reproduzco la lista sin traducir – ya he dicho que va a está relacionada con la prueba - para que sirva de mini-test (tal vez - tal vez no - en unos días cuelgue mis traducciones libres):


  • Onus probandi
  • Afirmmanti incumbit
  • Actor incumbit probatio
  • Probatio diabólica
  • Iuris et de Iure
  • Iuris tantum
    (Nota: las dos últimas ya supondrás que son básicas)
Si te ha sabido a poco ahí van unas cuantas más...

- Alea iacta est
- A priori
- A posteriori
- Ab æterno
- Ab initio / Ad infinitum
- Ab instestato
- Ad hoc
- Alma mater
- Carpe diem
- Casus belli
- Cæteris páribus
- Conditio sine qua non
- Corpus delicti
- De facto
- De incognito
- De iure
- Desideratum
- Dixi
- Dixit
- Ex abrupto
- Ex ante
- Ex æquo
- Ex novo
- Ex oficio
- Ex profeso
- Exceptio veritatis
- Excusatio non petita, acusatio manifesta (*)
- Execuator
- Fac totum
- Grosso modo
- In albis
- En absentia
- In locus parentis
- In situ
- Infra
- Ipso facto
- Mea culpa
- Manu militari
- Modus operandi
- Modus vivendi
- Motu propio
- Mutatis mutandis
- Nasciturus
- Natu
- Omnis saturati mala
- Per se
- Post mortem
- Quid
- Quid pro quo
- Rara avis
- Res non verba
- Ratio decidendi
- Sine die
- Sine qua non
- Statu quo
- Stricto sensu
- Sui géneris
- Ut supra
- Verbi gratia
- Versus
- Vice versa
- Vox populi

(*) Me encanta, jejeje
Y si quieres muchas más pincha [AQUÍ]
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miércoles, 26 de septiembre de 2007

Incremento de la Morosidad (II): Ratios útiles

Listas de ratios hay muchísimas por lo que no voy a ser pesado añadiendo un refrito de fórmulas que, por lo general, nunca añaden nada vistas de forma aislada y que interpretarlas en su conjunto no puede hacerse en un post sino que necesitaría un libro (otro más de los muchos que ya existen).

Me quiero centrar sólo en cuestiones:

  • El ratio de solvencia o distancia de la quiebra (¿llamativo verdad?)
  • El análisis multidimensional (Z) de Altman (este no tiene nombre espectacular pero se utiliza para predecir la probabilidad de que una empresa no pueda hacer frente al vencimiento de sus pagos).
I) Ratio de solvencia o distancia de la quiebra:
(Activo Total) /(Fondos Ajenos Totales)

Ejemplo: 100 / 80 = 1,25
El Activo total es como su propio nombre indica la suma de todas las partidas de Activo (Inmovilizado, Existencias, Clientes y Deudores y Tesorería). Los Fondos Ajenos Totales es lo que la empresa debe a corto y a largo plazo a terceros (Préstamos, Acredores y Deudores).
Si en el ejemplo el cociente señala 1,25 significa que por cada euro que la empresa tiene que pagar tiene bienes y derechos (activos) por ese importe. Si el cociente disminuye quiere decir que está aumentando el peso de las deudas en la empresa, por el contrario, si aumenta, quiere decir que está entrando financiación de los socios o se están reteniendo beneficios (autofinanciación) por lo que la solvencia de la empresa aumenta.
El ratio, visto de forma aislada, como todosl los ratios no tiene ningún significado (es como ver el Gernika a un palmo de distancia y tener que opinar sobre la Picasso) ahora bien si vemos una serie de cuatro o cinco años ya podemos decir algom más y si lo comparamos con el sector pues mucho mejor (ahora vemos el Gernika a una distancia adecuada pero seguimos sin poder opinar sobre Picasso como pintor).
Una de las razones que se han alegado para justificar el fracaso de los modelos predictivos - no es que los analistas seamos malos - es la dudosa calidad de los datos contables de las empresas en peor situación financiera que maquillan para parecer más atractivas. Las empresas, en dificultades, probablemente alteran las magnitudes más populares en el análisis financiero para mantener la confianza de acreedores, proveedores y accionistas.


II) Análisis multidimensional (Z) de Altman:
La (Z) de Altman es un sencillo método de análisis sobre la fortaleza financiera de una empresa, dándonos un método de predicción mediante la combinación de unos sencillos rátios financieros e las probabilidades de quiebra o suspensión de pagos. El modelo fue creado en 1960 por Edward Altman (Universidad de Nueva York):

Z = 1,2 * (X1) + 1,4 * (X2) + 3,3 * (X3) + 0,6 * (X4) + 1,0 * (X5)

Siendo,
X1=> (Fondo de maniobra)/(Activo total)
Nota: El Fondo de maniobra es igual al "Activo circulante" (corto plazo) menos el "Pasivo circulante" (corto plazo)
X2=> (Reservas)/(Activo Total)
X3=> (BAII o Beneficio antes de intereses e impuestos) /(Activo Total)
X4=> (Fondos propios)/(Pasivo Exigible Total)
X5=> (Ventas)/(Activo Total)
El modelo se interpreta de la siguiente manera:
  • Si el resultado de Z es superior a 3: La empresa no presenta probabilidad de quiebra y se le considera segura.
  • Si el resultado está entre 2,7 y 2,9: Estamos en zona de precaución. Debe hacerse un análisis muy pormenorizado antes de entrar en la compañía.
  • Si está entre 1,8 y 2,7: Está en zona de alerta. Si las condiciones financieras no cambian rápidamente, es muy probable que la empresa quiebre o entre en dificultades de pago en los próximos años (dos o tres como máximo).
  • Cuidado si es menor que 1,8: La quiebra es inminente y el peligro financiero es máximo, salvo que existan factores mitigantes de la incertidumbre [ver aquí]
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Intervención del Juez D.Emilio Calatayud

Intervención de D. Emilio Calatayud Pérez, Juez de Menores de Granada, en la V Tertulia del Consejo Escolar de La Comunidad de Madrid: "Familia y Escuela ante la Prevención de Conductas de Riesgo".

El video es todo un acontecimiento en la red: a mí me lo ha enviado Marga - mi compañera de despacho - ya que se lo habían enviado a ella y ha decidido pasármelo aunque, a su vez, lo he visto también en el blog de Raul, que a su vez se lo había enviado...). Está siendo completamente viral entre padres y madres y dentro de unos días seguro que se podrá ver en TV.

Dura poco más de 20 minutos pero se pasan volando, sobre todo si tienes hijos en edad de riesgo.


Acceso directo (si no puedes ver ninguna imagen arriba): http://mediateca.educa.madrid.org/reproducir.php?id_video=jianzc4s1quh4cv2

martes, 25 de septiembre de 2007

Atribución de vivienda ganancial

Inicio con éste comentario mi incursión en el pantanoso mundo de las sentencias judiciales comentadas de oído, es decir, a partir de la - poco profesional- opinión sobre reseñas en revistas o periódicos.

El hecho de no ser abogado puede suponer que añada comentarios peregrinos y extrae conclusiones generales que - posiblemente - no puedan ser aplicadas al caso pero que - tal vez - pudieran tener una aplicación (o intento) para multitud de casos similares.
Dada mi actividad como economista forense, en algunos casos, recibo consultas de los abogados con los que colaboro en relación al reparto eficiente (generalmente buscando una economía de opción fiscal) de bienes en caso de divorcio y para la fijación de pensiones (compensatorias y de alimentos) del cónyuge y los hijos llegando, muchas veces a soluciones conjuntas realmente ingeniosas.
Muchas veces existe un acuerdo previo y se el reparto se soluciona en un par de reuniones pero, en otras - que voy a contar - no existe acuerdo posible y mi intervención consiste en la redacción de un informe judicial (o contrainforme, según los casos) y la asistencia al juicio para defender "lo mucho que gana uno y lo desamparado que queda el otro" o "la acomodada situación en la que queda la uno y las dificultades que va a tener el otro una vez disuelto el matrimonio". Esto no quiere decir que mis informes estén viciados en función de la parte que me contrata - en los juzgados pequeños se necesita credibilidad - pero si que el enfoque que tengo que dar - necesariamente - debe ser distinto según el letrado (léase "parte") con el que colaboro.
Al tener que intervenir en casos de ruptura matrimonial, procuro estar informado sobre cuestiones relacionadas con el régimen económico del matrimonio o sentencias novedosas (al menos para mí) que puedan ampliar el escenario negocial en caso de producirse.
Tras esta amplia introducción traigo una sentencia reseñada en la revista www.revistaiuris.com que mensualmente buitreo a la Marga, la abogada con la que comparto despacho: SAP de Almería 1ª de 19 de marzo de 2007
La Audiencia Provincial de Almería extingue la atribución del uso de la vivienda ganancial, a favor de la esposa, al haber iniciado ésta una relación sentimental con otro hombre con el que convive maritalmente [en dicha vivienda]. Según se comenta en la reseña de la sentencia se atribuyó el uso del que había sido residencia habitual del matrimonio al cónyuge y al hijo común porque resultaba más favorable para éste último y por la propia situación de los cónyuges en el momento de la separación.
La situación cambia desde el momento en el que la esposa inicia una relación estable con otra persona, haciendo vida marital... en la mencionada vivienda.
La sentencia entiende que no es lógico que de la atribución de la vivienda ganancial a la esposa separada y al hijo del matrimonio se beneficie un tercero ajeno al matrimonio, sin posibilidad de acción alguna por parte del ex-marido.
Por tanto, el tribunal entiende que esto no afecta a la custodia del hijo, ni implica un cambio de uso de la vivienda (de un cónyuge a otro) pero si que el interesado - en este caso el ex-marido - podrá instar en cualquier momento la liquidación del inmueble común, solicitando su venta y reparto de forma equitativa del precio o - alternativamente - la adjudicación a uno de los ex-cónyuges estableciéndose una compensación en favor del otro.
No he leído la sentencia porque entiendo que - en mi caso - no es necesariamente relevante y me quedo con esa solución distinta a un problema que - de hecho - se produce muy a menudo y con una tormenta de ideas que aplicables o no al caso podrían plantearse en situaciones análogas:

  • ¿Qué pasa con las pensiones compensatorias y alimenticias?

  • ¿Necesariamente tienen que modificarse? ¿Deben permanecer igual?

  • Si la atribución de la vivienda se hace, en la mayoría de los casos, a los hijos ¿Porqué tienen que verse perjudicados al tener que cambiar de vivienda?

  • ¿Acaso no es esta medida un planteamiento machista?... "Ya no tengo que mantenerte porque ahora te mantiene otro"

  • ¿Es justo que se beneficie, como acertadamente dice la sentencia, un tercero de la responsabilidad que como padres tenemos frente a nuestros hijos?

  • ¿Qué sucederá cuando la vivienda ni siquiera sea ganancial sino que, en régimen de separación de bienes, sea privativa del marido? ¿Y si es de los padres del marido? ¿Puede desalojarse al hijo común, a la ex-esposa y a su novio?

  • ¿Podría oponerse el "tercero" al desalojo de su nueva compañera pagando la mitad del alquiler de la vivienda?

  • ¿Cómo se demuestra que existe esa relación?... ¿Cuando un flirteo pasa a ser una relación estable? ¿Cuantas noches debes pasar en esa casa?

  • ¿Pueden los cónyuges impedir mediante convenio regulador, mediante revisión de medidas, mediante auto posterior, etc. cualquier uso "alternativo" como el señalado?

  • ¿El hecho de iniciar otra relación durane el matrimonio impide el uso y disfrute de la vivienda familiar, incluso en el caso de atribución de la custodia de los hijos?
No sé. Dejo estas cuestiones abiertas al debate...
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lunes, 24 de septiembre de 2007

Lo he vuelto a hacer (wikipedia)

Acabo de crear un nuevo término en Wikipedia: la definición de “Administración Judicial”.

Como señalaba en el post relacionado con la creación de términos en Wikipedia (que puedes consultar AQUÍ) la tarea no había finalizado puesto que quedaban algunos términos en “rojo” (enlaces sin concepto definido).

Mi idea es que, en función del tiempo disponible, continuar con el resto de términos relacionados como empresistas, dictamen, valoración de empresas, valoración de marcas, etc. y dejar el concepto "concurso de acreedores", mucho más amplio, complejo y lleno de ramificaciones para más adelante (y a la espera de que otro wiki-redactor se atreva con el término, jejeje).

Nuevamente y señalando que la creación de términos sólo es el inicio de "algo", animo a quién tenga algo que aportar que realice directamente sus modificaciones en la definición (por eso estamos ante una enciclopedia libre) o que me las envíe para para que yo mismo las haga en su nombre.
Revisión: 4 de octubre de 2007
Acabo de descubrir que ya existe el término "concurso de acreedores" pero no lo encontré porque está, desde marzo del 2006, bajo la denominación "Concurdo de acreedores (España)". Me parece muy adecuada ya que se trata de legislación específica para España y Wikipedia en español es visitada desde todo el mundo.
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sábado, 22 de septiembre de 2007

Formación autodidacta

Me encanta la formación.


Me gusta estudiar no sólo para mantenerme actualizado (reciclado) sino porque - sencillamente - me gusta estudiar.

Tras haber finalizado el con cierta decepción el "Curso de Especialista en Consultoría de Empresas" en la UNED, vuelvo al ataque - aparte de las jornadas/seminarios que organiza mi colegio - con un nuevo "curso a distancia" que organiza el REFor: "Régimen económico matrimonial. Aspectos civiles y concursales".

Los cursos son - un poco - como los melones hasta que no los empiezas no sabes como te van a salir. Con los cursos a distancia la sorpresa suele ser menor ya que, en la mayoría de los casos, recibes el material (ahora ni eso puesto que te habilitan una dirección para que te lo puedas descargar), poco a poco lo vas haciendo y tienes un servicio de consultas que suele funcionar - por lo general - razonablemente bien.

Soy un convencido de la enseñanza "a distancia" - tal vez - porque al residir en una isla, las posibilidades de formación son menores, y me veo obligado a recurrir a ella.

En cualquier caso he probado de todo:

  • Universitat Oberta de Catalunya (UOC)
  • Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
  • Videoconferencias en el Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales (COTME)
  • Centro de Estudios Financieros (CEF)
  • Registro de Economistas Forenses (REFor)
  • Incluso... aulafacil.com (cursos bastante completos aún siendo gratuítos)
  • Etc.
Y como ocurría con el Servicio Militar Obligatorio (conocido como "mili") distanciado en el tiempo sólo recuerdas las cosas buenas y las malas sólo te sirven para apreciar lo bueno cuando - gratamente - te sorprende.

Lo dicho: voy a empezar el curso y lo que vaya encontrando interesante ya lo iré comentado.

viernes, 21 de septiembre de 2007

Entrevista a un Gerente de empresas

Adjunto una interesante entrevista que hacen a Saturnino López Blanco, Licenciado en CC Económicas y Empresariales, en www.diariojuridico.com (web del grupo V-Lex).

Me apetece traerla al blog porque dice cosas interesantes en relación a la extraña conexión que puede haber entre un gerente profesional, no necesariamente licenciado en derecho, y los abogados (en mi opinión un excelente maridaje que tan buen resultado da a los despachos medianos y grandes).

Los despacho de abogados deberían profesionalizar su gestión o, si la dimensión no lo permite, contar con algún asesor en cuestiones relacionadas con la gestión de personal, optimización de recursos, control interno, calidad, estrategia, etc. ya que estamos en un mundo tremendamente competitivo y, dicha competencia, tampoco les resulta ajena a sector jurídico.

Hace unas décadas bastaba con una placa en el portal para que comenzaran a entrar clientes y asuntos. La lentitud de los procedimientos - la justicia es lenta - era tal que la unidad de tiempo de cualquier asunto se contaba en meses.

Hoy en día, con independencia del tiempo que tarde un escrito en llegar del Registro de Entrada al funcionario de turno, los clientes quieren que se les atienda con criterios empresariales. POr eso, aceptan que un procedimiento pueda tardar 27 meses pero no entienden que tengan que llevar dos veces la fotocopia del mismo documento (porque se ha traspapelado) o que envíen un e-mail y su abogado tarde dos días y medio en responderle.

La empresas de asesoramiento legal (lo siento, dije “empresa”) deben gestionarse - por narices - con criterios empresariales:

  • Donde existan controles de la productividad.
  • Donde existan informáticos en plantilla (no sólo para configurar un escáner o desatascar una impresora).

  • Donde exista un análisis DAFO.
  • Donde haya estadísticas sobre rentabilidades de clientes.
  • Donde se hagan encuestas sobre la calidad del servicio y la calida no sólo sea una palabra.
  • Donde ser premie captación de clientes.
  • Donde haya un gerente (no necesariamente abogados) y porque no lleve “casos” no deja de ser un “compañero”.
  • Donde se utilicen de técnicas de gestión de RRHH empresariales.
  • Donde se gestiones la imagen del despacho como marca.
  • Donde diferenciación y exclusividad se den la mano.
  • Donde el “brainstorming” sobre los asuntos nuevos que van entrando sea lo normal y los “Reinos de Taifas” la excepción.
  • Donde los clientes no esperen en desangeladas salitas de espera.
  • Donde los expedientes tengan un orden lógico y no el de “caída”.
  • Donde los asuntos no sean “casos” sino “proyectos”: planificación, ejecución, control de desviaciones, etc.
  • Donde existan unos presupuestos y un compromiso por parte de todos (no, no es cierto que no se pueda prever las “separaciones” que van a entrar...)
  • Donde la “contabilidad de costes”... por lo menos “suene”.
  • Donde el Plan de Negocio sea conocido por todos y no esté en la cabeza de unos pocos.
  • A continuación resalto alguna de las cuestiones expuestas en la entrevista y si quieres leerla completa te dejo un enlace [AQUÍ]:
    • “alguno de los factores clave del éxito ha sido la calidad en la prestación del servicio, la rapidez y el nivel de accesibilidad que el cliente tiene con la empresa de servicios”

    • ¿Cuál es su opinión respecto a la creciente incorporación a los despachos de abogados de las conocidas como técnicas de gestión empresarial? ¿Qué aportan?
      (...) complejidad y tamaño, requieren de los despachos una gestión empresarial que les permita tener muy claro la rentabilidad de cada una de sus especialidades, líneas de negocio y recursos. Este conocimiento es clave para determinar el plan de negocio futuro y para tomar decisiones en relación con las especialidades, sectores o áreas geográficas en las que queremos estar presentes.

    • "Uno de mis objetivos prioritarios es rentabilizar el despacho sin perder de vista nuestro compromiso permanente con la calidad como elemento básico de diferenciación y retención de clientes."

    • ¿Cuál sería la principal seña de profesionalización que quiere imprimir al despacho?
      (...) la satisfacción del cliente radica la percepción del servicio prestado y esta percepción está directamente relacionada con la persona que ha prestado ese servicio (...) Por ello, conocer los objetivos de la Firma es un elemento esencial para que todos apuntemos en la misma dirección.

    • “La especialización es imprescindible”


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    jueves, 20 de septiembre de 2007

    Incremento de la morosidad (I) o “Cuídame de mis amigos que de mis enemigos me encargo yo”

    Tal y como señalaba en el post ¿Bienvenido Mr. Moroso? creo que es conveniente iniciar una serie de recomendaciones para mantener alejado el fantasma de los morosos.

    Muchas empresa, estupendas y rentables, han tenido que cerrar - directamente - por una mala gestión de cobros o porque ese cliente que representa el 80% de su facturación ha cerrado dejando un importante saldo pendiente. Otras – también hay bastantes – tienen problemas de morosidad porque “eso” de recobrar impagados está como mal visto y nadie quiere hacerlo (especialmente cuando se entregan esos impagados al mismo comercial que tiene que recabar un nuevo pedido... directamente relacionado con sus objetivos y/o nivel de comisiones).

    Puede ser interesante como ejercicio práctico, y al margen de las recomendaciones que un credit manager profesional pudiera hacernos, que nos preguntásemos, más a menudo, sobre la existencia de dudas (razonables) en la continuidad de ese cliente o posible cliente. Detras de cualquier apreciación no vamos a poder realizar abstracción (al 100%) de la importante carga de subjetividad que incorporará cualquier razonamiento sobre ese clientes con el que llevamos trabajando durante años, lustro o décadas, por lo que cualquier ayudita que nos quite el pelo de los ojos y nos ayude a ver el bosque (más allá de sus árboles) entiendo que puede ser de utilidad.

    Es decir, una forma alternativa y objetiva – cuando no queremos ver la evidencia – sería utilizar la Norma Técnica de Auditoría sobre “la aplicación del principio de empresa en funcionamiento” emitida por el ICAC y de obligado cumplimiento, por todo los auditores de cuentas y sociedades de autitoría, en sus trabajos de revisión de Cuentas Anuales... pero, y ahí está lo importante, no sobre nuestra propia empresa sino sobre nuestra cartera de clientes, y de forma individualizada.

    Según la citada norma existirán factores causantes de duda sobre la continuidad de la empresa cuando:


    • La sociedad se encuentre en estado de suspensión de pagos (lógicamente).
    • Existan resultados económicos negativos y/o cash-flow negativo de forma continuada y de cuantía significativa.
    • Fondo de maniobra negativo persistente y de cuantía significativa (según los sectores – caro – ya que hay actividades que funcionan de forma muy eficiente con Fondos de Maniobra negativos).
    • Pérdidas de concesiones, licencias o patentes muy importantes.
    • Reducción de pedidos de clientes o pérdida de alguno/s muy importantes.
    • Grandes inversiones en productos cuyo éxito comercial parece improbable.
    • Existencia de contratos a largo plazo no rentables.
    • Contingencias por importes muy significativos.

    Asimismo, la citada Norma señala algunos factores que nos pueden hacer suponer que la sangre no llegará al río:


    • Apoyo financiero de accionistas y propietarios.
    • La existencia de un compromiso de apoyo financiero por parte de la matriz.
    • Capacidad de incrementar los fondos propios mediante la emisión de nuevas acciones y la aportación de fondos por parte de los accionistas y socios.
    • Probabilidad de obtención de subvenciones y otras ayudas públicas o privadas.
    • Posibilidad de aumentar los dividendos de empresas del grupo o asociadas.
    • Disponibilidad de líneas de crédito y financiación adicional por existir todavía garantías reales.
    • Capacidad de renovación o retraso de los préstamos existentes (cuidadito).
    • Posibilidad de acuerdo de reestructuración de las deudas (más cuidadito).
    • Posibilidad venta de activos no afectos o no críticos para la actividad operativa normal de la entidad (existiendo un mercado para su venta).
    • Posibilidad de cancelación de operaciones que produzcan cash flor negativo.
    • Razonables posibilidades de sustituir los pedidos o los clientes perdidos.
    • Posibilidad de sustitución de proveedores importantes perdidos (o que no concedan crédito normal).
    • Posibilidad de reducir gastos, sin disminuir capacidad operativa.
    • Capacidad para operar a niveles reducidos de actividad y/o para canalizar los recursos a otras actividades.

    miércoles, 19 de septiembre de 2007

    !! Hoy es mi cumpleaños !!

    Mi amigo (ese al que he mencionado en alguna ocasión y que – el pobre (*), jejeje – es abogado) me ha regalado un libro. Me ha regalado el libro que, según sus palabras “nunca me compraría” porque es un manual (otro) de contabilidad.

    Conocedor de la ilusión que le estoy poniendo este blog dice que “necesariamente” me va a ser útil porque se usa como material en el Consejo General del Poder Judicial para formar a sus jueces y magistrados.

    La utilidad no vendrá, según sus palabras, por los conocimientos nuevos que contiene – se supone ya los debería tener - sino porque un economista forense debe conocer el conocimiento – válgame la redundancia – que tienen sobre una materia, tan extensa como la contable, jueces y magistrados que son los destinatarios habituales de los informes periciales.

    Como “viejo diablo” - aunque en este caso sea más por “diablo”(*) que por “viejo” – opina que si “emito”, léase escribo, en la una “frecuencia” conocida por los jueces... las posibilidades de éxito de mi “mensaje”, léase informe, se incrementarán.

    Los autores del libro son los profesores Juez Martel (juez es apellido) y Martín Molina, de la Editorial “La Ley y lleva por título “Manual de Contabilidad para Juristas” y, aunque no he tenido tiempo de echarle un vistazo en profundidad, si que me gustaría recomendarlo desde aquí, aunque sólo sea por la solvencia que me merece en cuestiones bibliográficas (*) la persona que me lo ha regalado.

    ¿Y que le voy a hacer si soy un sentimental? Snif, snif...




    (*)Rectificación pública (22-9-2007)

    Mi amigo – el que creía que era “mi amigo” – me llama por teléfono a las 21:00, ayer jueves (**) 21 de septiembre, y me dice que lleva dos días con un juicio y que para su sorpresa lee en el Blog lo que considera un trato vejatorio y denigrante hacia su (invisible y no identificada) persona.

    Que no entiende eso de “el pobre”, eso de “diablo” y eso de que parece que (él) sólo me merece “solvencia en cuestiones bibliográficas” sin tenerlo en cuenta como letrado.

    Antes de recibir requerimiento, burofax o directamente a la policía judicial en mi casa (y ¿quién sabe? una sentencia condenatoria al estilo de la que comenta Raúl Hernandez de
    "Ramoncín contra alasbarricadas.org") desearía hacer las siguientes rectificaciones:

    • Primera: Lo de pobre lo dije por utilizar un lenguaje relacionado con la Casa Real (a la que tengo un gran respeto: ver aquí ) no habiendo querido ser ofensivo. Mi amigo, aparte de ser invisible... ¿es republicano? (tal vez no – es igual – lo dejo para posteriores rectificaciones).
    • Segunda: Lo de diablo está relacionado con sus irreprimibles ganas de encontrar objeciones a cualquier cuestión jurídica que le planteo, al igual que hacían los “abogados del diablo”, pero claro – ya se sabe – el pobre (ver rectificación “primera”) es abogado y no puede contenerse.
    • Tercera: Cuando me refiero a su solvencia en temas bibliográficos no pretendo insinuar que no es un buen abogado (el sabe que - yo - cometería un crimen aunque sólo fuera para que él me defendiera) sino que, ADEMÁS de ser un buen abogado, tiene muy buen ojo para encontrar “ese” libro, “esa” sentencia, “ese” artículo que puede encauzarte un asunto ya que es una auténtica enciclopedia (espero que no se moleste también, jejeje). Es buen abogado pese al “síndrome de Diógenes documental” que padece/mos que nos lleva a acumular documentación, libros, etc. hasta extremos cuasi patológicos.
    Espero, mediante esta rectificación, haber desactivado esa demanda en ciernes que se estaba preparando contra este modesto blogger.

    Nota: Todo es broma. Me llamó porque le apetecía charlar conmigo y me comentó – en broma y haciéndose el ofendido – lo que he señalado más arriba.



    (**) Rectificación pública (22-9-2007) Bis

    Definitivamente odio a los abogados y a mi - invisible - amigo el-que-más.


    La última que ha hecho ha sido llamarme para decirme que ¿porqué pongo jueves 21 si era lo correcto hubiera sido poner viernes 21?...

    ¿Es o no un diablo? (ver puntualización segunda a la primera rectificación)... cielos ya escribo como un abogado ¿estaré siendo abducido? ¿me crecerá una toga negra? ¿dejaré de ser apreciado por la sociedad?:


    • El abogado es un caballero que salva nuestros bienes de los enemigos y se los queda para él (LORD BROUGHAM)
    • Líbreme Dios de discutir con abogados sobre cuestiones filosóficas o científicas. Para este linaje de polemistas pocas veces se trata de tener razón, sino defender al cliente (SANTIAGO RAMON Y CAJAL)
    • Si Moisés hubiera ido a la Escuela de Leyes de Harvard y se hubiese pasado tres años trabajando en el monte; hubiera escrito los Diez Mandamientos con tres excepciones y una cláusula de salvaguarda (CHARLES MONGAN)
    • Señor juez, señoras y señores: nos hemos reunido hoy para disponer de la vida de un hombre blanco, ciudadadano de nuestra ciudadanía, que no se había visto involucrado jamás en un caso semejante. Miradlo, es aseado, de mirada dulce y tiene el aspecto de las personas que no quieren mal a nadie. Se ve enseguida que si ha llegado al crimen es porque no podía elegir... cuando un hombre de buen talante, sin antecedentes penales y sin taras, en plena juventud, llega a matar, es que debía tener sus buenas razones y nosotros en cierto modo no tenemos por qué inmiscuirnos... El acusado, señores, ha dicho públicamente que no lo volverá a hacer nunca más. ¿Quiénes somos nosotros para dudar de sus palabras? Un crimen (PERE CALDERS)
    • JULIA ROBERTS.- Tú debes ser abogado RICHARD GERE.- ¿Qué te hace pensar eso? JULIA ROBERTS.- No sé, tienes aire de listo incompetente (Pretty Woman [en inglés]- GARRY MARSCH)

    martes, 18 de septiembre de 2007

    Dioni Nespral (un buen amigo blogero)

    Dioni Nespral, el inventor del término "Business Time Model" recomienda uno de mis post en su web.
    Puedes consultarlo AQUÍ.
    Gracias Dioni...

    La figura del experto

    Lo que diferencia al experto, en cuestiones periciales y forenses, de uno que no lo es tanto son cuestiones tan sencillas - y tan complicadas - como el estilo dado a la redacción del informe y la forma en la que se planta (dicho coloquialmente según la acepción número 12 del diccionario de la RAE) delante de jueces, fiscales, abogados, peritos, etc.


    Podría seguir disertando sobre el tema pero nadie como el profesor Ricardo García Micola, padre de la auditoría contable en España, para explicarlo en cuatro líneas (en realidad sólo tres):

    "Al experto le corresponde la apreciación del hecho y al juez la calificación del Derecho"

    "Al experto no le incumbe sacar conclusiones sobre el interés del litigio o sobre la inculpabilidad del reo, sino poner de manifiesto la veracidad o falsedad de los hechos que se imputan o ventilan"

    "Lo que se espera de todo sujeto llamado a la realización de la pericia son elementos de decisión, no juicios preparados"

    R. GARCÍA MICOLA y R. GARCÍA MORENO DE LA VEGA, ponencia titulada "El Informe de auditoría como prueba en juicio", presentado en el V Congreso Nacional de Censores Jurados de Cuentas y recogido en el libro "V Congreso Nacional de Censores Jurados de Cuentas, p.187, Ediciones del I.C.J.C.E. (1982) y citado en la 5ª edición del libro de J.C. Balagué Doménech "La prueba pericial contable en las jurisdicciones civil, penal, contencioso-administrativa y Laboral" de Editorial Bosch.

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    lunes, 17 de septiembre de 2007

    ¿Bienvenido Mr. Moroso?



    Hoy podido leer en la edición digital de Expansión.com una noticia preocupante, sobre el aumento de la morosidad en las empresas, con la que considero interesante iniciar un debate así como una serie de post relacionados.

    La noticia que tiene por título "Una de cada cindo empresas admite problemas de impagos" se puede obtener directamente de la fuente [aquí].

    domingo, 16 de septiembre de 2007

    Henry David Thoreau (1817-1862)

    "Lo deseable no es cultivar el respeto por la ley, sino
    por la justicia.
    La única obligación que tengo derecho a asumir es la de
    hacer en cada momento lo que crea justo."

    viernes, 14 de septiembre de 2007

    Los criadores de cerdos y conejos se encuentran en Galicia en situación de "quiebra técnica"

    Los criadores de cerdos y conejos se encuentran en Galicia en situación de "quiebra técnica". Y es que el incremento cercano al 30% de sus costes de producción durante el último año, con el elevado precio del pienso como principal responsable, hace que "muchas explotaciones gallegas, altamente especializadas" corran peligro de cierre debido a que los productores de cerdo reciben 12 céntimos menos por cada kilo de carne con respecto a los precios de venta de 2006, cifra que se eleva a 35 céntimos en el caso de la carne de conejo.

    Fuente: REFor
    Más información: El Correo Gallego, 13/9/2007

    No le digas a mi madre que soy Economista Forense

    Es habitual que tus hij@s, cuando son pequeños, te pregunten como una actividad más del colegio “¿papá/mamá en el cole me han preguntado de qué trabajas?”. Si eres camioner@, mecánic@, bomber@, médic@ o – incluso - juez, es fácil de entender para ellos porque son profesiones conocidas, perfectamente etiquetadas, las ven en la TV y no necesitan mayores explicaciones. En cambio, existe un gran número de profesiones, más difíciles de explicar y que, dada la temática de esta bitácora las limitaremos a las jurídicas y económicas:

    ¿Cómo le explicas a tu hijo que eres abogado? ¿Qué puede entender de la función de un abogado?
    ¿Y un procurador? ¿Alguien sabría como explicar a un niño de 5 años la misión de un procurador?

    Pues esta limitación es extensible a otros profesionales que no trabajamos con utensilios más o menos conocidas (martillos, mangueras, fonendoscopios, etc.) por lo que nuestra dificultad también es mayúscula:

    • Asesor fiscal: “Hijo, soy asesor fiscal... y hago que la gente pague “un dinero", llamado impuestos (¿?), para que podamos tener carreteras, hospitales, etc.”
    • Contable: “Papá coge unas facturas (¿?) y las “mete” en el ordenador y así las empresas (¿?) saben cuanto han ganado”
    • Economista: “Mira, me dedico ha mirar unos números, y ha hacer unos cálculos (¿?) para luego hacer unas predicciones (¿?), como el/la persona que sale diciendo si mañana estará nublado o hará sol, aunque sus previsiones y las mías rara vez se cumplan” :-)
    • Director de banco: “Me dedico a ayudar a la gente dando dinero al que quiere comprarse una casa o un coche. Le presto dinero barato al que no lo necesita y caro al que realmente le hace falta” :-(
    Ahora bien, la cosa no es más sencilla cuando se van haciendo un poco más mayores y continúan haciendo averiguaciones si continúas llegando tarde a casa. ¿Qué hace un perito judicial en un juzgado... si no es abogado? o ¿a qué se dedica un auditor de cuentas?.

    Respecto a lo primero – qué hace un perito - lo fácil es decir que participas en los juicios y aunque no eres abogado “sabes” – o se supone que sabes – mucho sobre algún tema, ayudando a jueces y abogados a entender sobre cuestiones complicadas. En relación con lo segundo – el auditor - es más difícil de explicar eso de “ser el responsable de verificar que las Cuentas Anuales (¿?) de una empresa refleja la imagen fiel (¿?) y contienen toda la información necesaria (¿?) para su adecuada interpretación (¿?)”... es muy, muy heavy. Supongo que lo más cómodo al principio es decirles que un auditor “revisa el trabajo de otras personas y se asegura de que esté bien hecho”...

    En función de la edad, y cuando ya tienen una noción bastante clara de lo que es un examen, al principio cuando empezamos a hablar del tema le dije que era una profesión muy difícil porque tenías que hacer un examen de 6 horas (¡!) para poder trabajar como auditor. Es muy simpática la situación que resulta cuando al día siguiente te dicen: “... pues les he dicho – a mis amigos - que mi padre es muy listo porque para hacer su trabajo ha tenido que hacer un examen que dura todo el día...”
    ... lo de “economista forense” lo dejo para cuando sean universitarios.

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    martes, 11 de septiembre de 2007

    David Maister y los abogados


    Por motivos profesionales tengo la oportunidad de trabajar con abogados, incluso uno de mis mejores amigos (por no decir mi-mejor-amigo) es abogado. La costumbre ha hecho que sin tener - como ellos - formación jurídica específica mi carácter evolucionara y haya terminado razonando como un abogado.

    Cuando los abogados se consultan asuntos entre ellos, para estar en sintonía con su compañero (y de forma natural), ante cualquier petición de opinión profesional, su primera pregunta siempre es “¿quién es tu cliente?”
    No he sido consciente del “hecho diferencial” – si se me permite del ADN distinto - que supone ser abogado hasta que mi amigo – el abogado - me ha enviado un artículo que enlaza ambas profesiones, la de abogado con la de gerente de empresas.

    Aura Soria citando a David Maister, gurú en cuestiones de gestión empresarial (management), comenta en un artículo para la revista Economist & Jurist titulado ”Caso excepcional de gerencia: Los Despachos de Abogados” los comentarios de Maister en el número de abril de la revista “The American Lawyer” se puede consultar - en inglés - aquí.

    Sin querer destripar los artículos que considero de recomendada/obligada lectura me he animado a encontrar asimismo ciertas similitudes con las dificultades que encontramos el resto de profesionales (peritos, economistas, médicos, arquitectos, etc.) en nuestro quehacer diario con/contra los letrados.

    Como señalan los artículos las cualidades que llevan a la excelencia a un abogado son las mismas que dificultan su relación con el mundo-no-jurídico:


    • Desconfían de otros abogados e incluso de sus propios colaboradores: ya sean otros abogados, peritos, procuradores...

    • Tienen dificultad para mantener ideologías, valores y principios como el trabajo en equipo o la política del despacho ya que son – por definición –independientes.

    • Necesariamente muestran falta de apasionamiento y carencia de emociones y/o sentimientos: Necesitan alejarse en el tiempo y el espacio para afrontar el problema con ciertas garantías.

    • Crítica cualquier idea por buena que sea puesto que lo llevan en la sangre.

    Por lo que podemos concluir que en su virtud está su penitencia, y el modo de conducirse resulta eficiente porque es común a todos los abogados y no es ni bueno ni malo tan sólo es “característico” de la profesión.
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    lunes, 10 de septiembre de 2007

    Tercer aniversario de la Ley Concursal

    El REFor remitió el pasado 3 de septiembre una nota de prensa para conmemorar el tercer aniversario de la Ley Concursal y me ha parecido de interés señalar lo que destacan sus autores:

    • La Ley Concursal cumple su tercer aniversario con 2500 concursos en estos tres años.
    • El sector de la construcción vuelve a situarse en las cifras anteriores compensado la subida del 20% del trimestre anterior con una bajada equivalente.
    • 59.000 trabajadores se han visto inmersos en procedimientos concursales durante estos tres años.
    • El 22% de los concursos corresponden a Cataluña con 550.
    • La Comunidad Valenciana con 303 supera por primera vez a la Comunidad de Madrid con 288

    Las cuentas del Rey


    Conocer las cuentas de la Casa Real es sencillo, basta con echar un vistazo a los Presupuestos Generales del Estado y ver que asciende a poco más de 8 millones de euros. Lo que no puede conocerse son las partidas en las que se gasta dicho dinero puesto que, por mandato constitucional (Art. 65), el Rey y la Casa Real son los únicos con autoridad para su asignación y no existe órgano superior que las fiscalice.

    Los partidos nacionalistas y de izquierda han hecho causa común contra lo que creen un despilfarro y tradicionalmente vienen pidiéndole cuentas al Rey, en forma de preguntas en el Congreso de los Diputados (monarquía parlamentaria).

    La monarquía no es excesivamente costosa en comparación con otras figuras similares como la del presidente de la república francesa o la casa real británica.

    Sea cual sea el motivo en el BOE del pasado 27 de agosto apareció el nombramiento del profesor Óscar Moreno Gil (72 años), número uno de su promoción en las oposiciones a la Intervención General del Estado, funcionario de hacienda, profesor y tratadista de jurisprudencia administrativa.

    Desde principios de septiembre ya se está haciendo cargo de la “auditoría interna” - pongo comillas – y aunque las cuentas van a ser supervisadas, verificando que se ajusten a la legislación vigente, sus resultados no van a ser públicos.

    Además de la función fiscalizadora el Sr. Moreno Gil también se va a hacer cargo de la gestión económica, financiera y presupuestaria de la Casa del Rey.

    En mi opinión resulta positivo que se le de cierta transparencia a la figura del Rey y, teniendo en cuenta que es de los reyes que tradicionalmente ha venido pagando sus impuestos como un contribuyente más, rendir cuentas ante un profesional de reconocido prestigio hace más humana su figura. Ahora bien, el hecho de no hacer públicos los resultados de dicha supervisión no sé si acalla la voces más críticas o les da más carnaza para seguir “mareando la perdiz”.
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    jueves, 6 de septiembre de 2007

    Ha muerto Luciano Pavarotti (sin comentarios)

    Así lo ha comentado la prensa:

    miércoles, 5 de septiembre de 2007

    20 pounds

    Acabo de estar tres semanas de vacaciones en Inglaterra, primero en Brighton, en la costa del sur, realizando una “peregrinación” de un día a Oxford, para finalmente terminar en Londres.

    Gran Bretaña decidió, no sé si para bien o para mal, no entrar en el Euro por lo que siguen manteniendo las viejas “libras” como moneda. Esto hizo que mis viaje comenzara con una primera alegría, todavía en España, cuando cambié mis primeros euros y recordé la noticia de marzo de este año sobre los billetes de “20 Pouds” (20 libras): “incorporaran el rostro del célebre economista y filósofo Adam Smith (1723-1790)”. Por lo que el retrato del escocés está en todos los billetes de 20 libras (más o menos 30 euros al cambio pero que en Londres cunden la mitad).

    A. Smith fue uno de los máximos exponentes de la economía clásica y entre sus libros el más conocidos es "La riqueza de las naciones".

    En “La riqueza de la naciones” intentó demostrar que la división del trabajo era la base del bienestar social y la ampliación de los mercados (gracias a la especialización de los productores). También es autor de la conocida teoría sobre la “mano invisible del mercado” que no sólo asigna las tareas sino que también dirige a las personas en la elección de su ocupación y hace que estas tengan en cuenta – de forma indirecta – las necesidades de toda la sociedad (el egoísmo individual se convierte en bienestar colectivo).

    El mercado competitivo, como mecanismo más eficiente de asignación de recursos, gracias al sistema de precios organiza el trabajo de los individuos (dirige al panadero para que se levante temprano para hacer pan, le indica los precios a los que tiene que comprar la harina, los precios a los que tiene que vender la hogaca, como desean los clientes que se les atienda, etc.).

    Además de la división del trabajo, también forma parte de su legado, la desconfianza que mostraba ante los gobiernos ya que entendía que estos eran “derrochadores, fáciles de corromper, ineficaces e inclinados a otorgar privilegios en detrimento de la sociedad en su conjunto” (aunque esto, ya sabemos, son cosas del siglo XVIII ¿o no?).

    Asimismo, se le sigue estudiando en las facultades de económicas por cuestiones como la diferencia entre “valor de uso” y “precio de mercado” ya que mientras que el primero permanece, más o menos, constante el segundo fluctúa.

    Por todo esto, he decidido hacer un modesto homenaje a uno de los padres de la política económica y mostrar mi respeto por un país que - como todos - tiene virtudes y defectos pero el hecho de incluir a un economista entre sus personajes más célebres, desconociendo la existencia de que otro lo haya hecho, me causa una profunda admiración.