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lunes, 31 de diciembre de 2007

Diciembre (mes de las “brujas”)

Nas meigas”, como dirían los gallegos, "haberlas hailas” y por tanto deben ser tenidas en cuenta por las empresas, por los que controlan a las empresas y por los que controlan a los que controlan a las empresas (que, a su vez, todos son/somos controlados por Hacienda).

El colectivo de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) afirma en la edición del 26 de diciembre de “Expansión que:


“Los fraudes fiscales más habituales [y lógicamente “contables”, añado] son más fáciles de descubrir, pues se llevan a cabo a finales de año o principios del siguiente”
A la hora de revisar las cuentas de una empresa son esos “ajustes”, de final de año, los que deben ser analizados con mayor cautela, es más, como en el negocio de una juguetería la mayor parte de los movimientos “de fantasía” se hacen a final de año o a principios del siguiente.

Los Técnicos de Hacienda, que finalmente son los que llevan el 80/90 de la labor inspectora y, para que nos vamos a engañar, con los que habitualmente tienen que batirse el cobre los asesores fiscales, también desvelan esas practicas que se dan con mayor frecuencia – son detectadas – durante sus revisiones que, al margen connotaciones fiscales, pueden tomarse como pautas para identificar presuntos fraudes contables:

Microempresarios y microempresas (hasta 1,8 Millones de € de facturación anual):
• Omisión de ingresos.
• Emisión de presuntas facturas falsas.
• Omisión de la obligación de conservar las facturas.
• Omisión de la obligación de llevar o conservar la contabilidad.
Pequeñas empresas y empresarios (de 1,8 hasta 6 Millones de € de facturación anual):
• Falta de justificación de gastos.
• Omisión de ingresos.
• Emisión y/o recepción de presuntas facturas falsas.
• Omisión de la obligación de conservar las facturas.
Medianas empresas (de 6 hasta 60 Millones de € de facturación anual):
• Falta de justificación de gastos.• Recepción de presuntas facturas falsas.
• Omisión de ingresos.
• Aplicación inadecuada de la ley tributaria para reducir el pago de impuestos.
Grandes empresas (desde 60 Millones de € de facturación anual):
• Aplicación inadecuada de la ley tributaria para reducir el pago de impuestos.
• Falta de justificación de gastos.
• Recepción de presuntas facturas falsas.
Frente a las prácticas ilícitas detectadas y, que se dan los últimos días del año, a la vista del cierre contable los Técnicos también muestra su cara amable y dan algunas recomendaciones relacionadas con:

- Bases imponible negativas de ejercicios anteriores
- Operaciones a plazo
- Gastos no deducibles
- Permutas o aportaciones no dinerarias a otras entidades
- Tratamiento fiscal del Leasing
- Deducciones en cuota
- Transmisión de elementos del inmovilizado afectos
- Donaciones
- Operaciones vinculadas
- Entidades de reducida dimensión


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