El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de más de seiscientos mil euros impuesta por el ICAC una de las grandes por infracción administrativa en la auditoría de cuentas que realizaron en el ejercicio 2000 a Gescartera.
La sanción confirmada fue a consecuencia de una infracción grave tipificada en la Ley de Auditoria de Cuentas, debido a “una auditoría incorrectamente realizada en varios aspectos, singularmente por no haber reflejado debidamente el trabajo sobre los fondos gestionados por Gescartera”.
La sanción se ha cuantificado en base al 3% de los honorarios facturados por actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de esta sanción.
Asimismo, el Tribunal Supremo también ha confirmado la sanción de algo más de trescientos mil euros a otra de las grandes, y con tres mil euros a uno de sus auditores, por infracción administrativa en su auditoría de cuenta del ejercicio 1992 de la sociedad cooperativa PSV .
Dicha sentencia confirma la de la Audiencia Nacional y los hace responsables por “infracción muy grave” de la Ley de Auditoría de Cuentas.
En alguna ocasión he hecho referencia a estudios que supuestamente demuestran que las grandes auditoras son menos sensibles a la manipulación. En mi opinión, los “estudios”, como las estadísticas, pueden ser retorcidos hasta que confiesen lo que queremos que digan y, no cabe duda, los grandes despachos de auditores lo tienen más fácil para destinar recursos a este tipo de autopromoción.
Mi teoría sobre el tamaño y la fiabilidad de los informes se limita a aplicar una regla que funciona para cualquier otra profesión: “el tamaños del cliente y el proveedor deben ser proporcionales”. Es decir, una empresa mediana o pequeña (que decida auditarse, por ejemplo, de forma voluntaria porque así lo han decidido en el Protocolo Familiar) debería trabajar con auditores pequeños o medianos y que los grandes bancos o empresa eléctricas sean auditados por los Big four.
De este modo, una gran auditora debe centrarse en los grandes clientes, dejando el resto a los pequeños y medianos auditores y, por otro lado, un pequeño auditor no debería estirar el brazo más que la manga.

2 comentarios:
pero ... ¿quien paga? la empresa, pequeña o grande paga, entonces, ... si el auditor pequeño quiere conservar el cliente, el problema se repite hasta la saciedad.
El caso de ENRON y los Arturos es el mismo y ya no existe ninguno de los dos. Da que pensar.
Tal vez debieran de pagar los accionistas, para garantizar la fiabilidad de sus inversiones.
alycie: al final siempre pagan los accionistas y esto vía destitución deberían hacer pagar a los administradores. Pero el problema es que no se enteran de los chanchullos del Consejo de Administración (No se enteran los auditores - que supongo han intentado detectarlos - como para que lo haga el pequeño accionista).
j.a.
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