
La Comisión Nacional de la Competencia en fecha 3 de octubre de 2008 ha resuelto que la relación de confidencialidad abogado-cliente no impide el acceso a los documentos durante una inspección de la misma.
Se había presentado un recurso versa sobre la inspección realizada en una empresa, por funcionarios de la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia, para verificar la posible existencia de prácticas prohibidas.
La empresa inspeccionada alegó la existencia de una serie de irregularidades durante la inspección ya que, durante la misma, los funcionarios tuvieron acceso y retiraron copias de una serie de documentos que se encontraban protegidos por el secreto de las comunicaciones entre abogado y cliente.
Por tanto, aclara que dicha protección requiere un comportamiento activo de la empresa reclamante, a quien la inspección otorgó un plazo de 10 días para justificar razonadamente los motivos por los que se solicita dicha confidencialidad advirtiéndola de que si no se remitía la contestación en plazo, la documentación quedaría incorporada al expediente.
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Entrada actualizada en www.economiaforense.es
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